Debaten ampliar licencias maternales, paternales y de adopción

Se analiza la posibilidad de incluir a trabajadores autónomos y monotributistas en las asignaciones parentales.
Se analiza la posibilidad de incluir a trabajadores autónomos y monotributistas en las asignaciones parentales.

Este miércoles, las comisiones de Legislación del Trabajo y de Mujeres y Diversidad de la Cámara de Diputados retomaron el debate sobre el proyecto que busca ampliar las licencias maternales, paternales y de adopción. El encuentro comenzó las 14:00 hs en la Sala 2 del Congreso y contó con la presencia de representantes gremiales y especialistas.

El objetivo es extender las licencias maternales de 90 a 126 días, las paternales de 2 a 45 días y las de adopción a 90 días. Además, se contempla la inclusión de licencias parentales para trabajadores autónomos y monotributistas, quienes recibirían un monto mensual equivalente al salario mínimo.

La Oficina de Presupuesto del Congreso estima que esta medida tendría un costo adicional de $49 mil millones para la Administración Pública en 2023. El aumento se debe a la inclusión de monotributistas y autónomos como beneficiarios potenciales de las asignaciones parentales, así como la posibilidad de que ambos progenitores perciban las asignaciones en simultáneo y el financiamiento de las contribuciones patronales a través del régimen de Asignaciones Familiares.

También se destaca la extensión de la licencia por matrimonio de 10 a 12 días y la incorporación de la unión convivencial. Además, se establece una licencia de 10 días por fallecimiento de cónyuge, conviviente, hijo o hija, hijo afín o hija afín, y de 3 días por fallecimiento de padre, madre, padre afín o madre afín, hermano o hermana, nieta o nieto.

Para el cuidado por enfermedad de un miembro del grupo familiar o persona a cargo, se establece un máximo de 20 días, que podrán ser utilizados en forma continua o discontinua, y una licencia de hasta 60 días anuales sin goce de haberes. Asimismo, se propone una licencia de 3 días corridos, con un máximo de 15 días por año calendario, para el cuidado de personas con discapacidad.

También contempla licencias por interrupción del embarazo, rendir exámenes, asistencia a audiencias de adopción, controles preventivos de cáncer, adaptación escolar de hijos, y situaciones de violencia de género, entre otros.

En cuanto a las licencias para personas gestantes, se extenderían hasta 81 días posteriores al parto, pudiendo extenderse hasta 126 días con autorización médica. Para las personas no gestantes, se permitiría optar por una licencia de 15 días inmediatamente posterior al nacimiento y completar los 30 días restantes dentro de los 180 días posteriores al nacimiento o 15 días antes de la fecha probable de parto.

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