Durante la tarde de este jueves se publicó el más reciente Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que enumera a nivel nacional las restricciones a la circulación y suspensión de actividades que comenzará a regir desde este viernes a las 0 y regirá hasta el 30 de abril.
Entre otros puntos, y tal como lo anticipó el propio presidente Alberto Fernández, “se suspenden para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos”, medida que alcanza también a “las actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas”.
El transporte público está reservado exclusivamente para que quienes cumplen tareas esenciales, se trasladen a establecimientos educativos o pidan el permiso especial que se tramita en www.argentina.gob.ar/circular.
El resto de los trabajadores deberán trasladarse en medios particulares “a cargo del empleador”. Se suspende, además, la asistencia al trabajo para personas de riesgo. Se establecen dos zonas para los partidos y departamentos de más de 40.000 habitantes: las de mediano riesgo epidemiológico y sanitario, y las de mayor riesgo epidemiológico y sanitario.
En estas últimas se suspenden actividades sociales en domicilios particulares con más de 10 personas, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados. Además quedan suspendidas las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.
También la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 que deberán tener un aforo máximo del 30%, misma capacidad máxima que podrán tener los espacios destinados para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y gimnasios.
Queda prohibida la circulación de personas entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana. Cabe recordar que la provincia de Córdoba mantendrá este jueves por la tarde una reunión con autoridades sanitarias y jefes comunales para definir los pasos a seguir a nivel regional.
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Estas medidas, aclara Presidencia, podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio en partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.
El documento completo está disponible haciendo click en el siguiente link.
Ya está publicado el Suplemento correspondiente a la edición Nº 34.626 del 08/04/2021 del Boletín Oficial de la República Argentina.
Podés visualizarlo en https://t.co/ayTNh8GTnU— Boletín Oficial R.A. (@boletin_oficial) April 8, 2021