Anmat prohíbe la comercialización de tres productos

Las disposiciones fueron publicadas este miércoles en el Boletín Oficial por irregularidades en la comercialización de los productos.
Las disposiciones fueron publicadas este miércoles en el Boletín Oficial por irregularidades en la comercialización de los productos.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de una barra energizante y granola proteica, de marca Olympic, y del aceite de coco Sitaram´s.

El organismo tomó la decisión a través de las disposiciones 6987 y 6996, publicadas en el Boletín Oficial. En los tres casos, determinó que los artículos eran “ilegales” por “carecer de registros de establecimiento y de producto”.

Asimismo, la ANMAT agregó que la determinación se tomó “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.

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