Una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis que “facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos”, busca asegurar “el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias”, incluso a través del “autocultivo o el cultivo solidario”, quedó oficializada hoy, con la publicación del Decreto 883/2020 en el Boletín Oficial.
La norma establece además que las obras sociales, el Estado y las prepagas “garanticen” ese acceso.
También, se le otorga al médico “un rol fundamental en el acompañamiento de los pacientes” y se contempla la provisión “en forma gratuita por parte del Estado” de derivados de la planta a quienes tengan “indicación médica”.
Este decreto reglamentario deroga y reemplaza la reglamentación dispuesta en 2017.