A partir de este lunes es oficial la eliminación del trámite de fe de vida para jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, a partir de la promulgación y sanción de la ley 27.721. Así, los mencionados beneficiarios quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia ante bancos y la ANSES.
La norma dispone que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.
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Además, los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA, como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo del ANSeS no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia. Con esta normativa, las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones tienen la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio.
Por su parte, la ANSeS quedó facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes a la ley. El decreto de promulgación lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Agustín Rossi y se la ministra de Trabajo Raquel Kismer de Olmos.
Fuente: NA