Nuevas jubilaciones para 150 mil mujeres

¿Cómo acceder? ¿En qué casos se otorga el beneficio? Esas preguntas y más, respondió el abogado Pablo Criado este lunes en Pato a la mañana.
¿Cómo acceder? ¿En qué casos se otorga el beneficio? Esas preguntas y más, respondió el abogado Pablo Criado este lunes en Pato a la mañana.

Este lunes el Gobierno Nacional oficializó el Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, que les permite acceder a una jubilación a mujeres que tengan más de 60 años y que sean madres, pero que no cuenten con los 30 años de aportes necesarios.

El abogado Pablo Criado estuvo en Pato a la mañana explicando cómo pueden acceder a este beneficio las mujeres que tengan las condiciones: “Las moratorias son cada vez más complejas para las personas que van cumpliendo la edad jubilatoria, porque los requisitos de temporaneidad es cada vez más chico”.

Por ejemplo: para que una persona pueda jubilarse debe tener 30 años de aportes y 60 años de edad. La moratoria existe para la mujer que cumplió 60 y no tiene los aportes. “La moratoria te permite comprar esos 30 años en períodos donde no has trabajado. Una persona es apta para trabajar a los 18. Si la mujer nació en 1960, a partir de 1978 puede trabajar. A través de la moratoria puede comprar períodos hasta diciembre de 2003, es decir, desde 1978 hasta 2003 se pueden comprar 25 años de moratoria, con lo cual faltarían 5 años, por los cuales no se va a poder jubilar. Para esa clase de personas viene este nuevo proyecto a solucionarlo: a las mujeres que hayan ejercido el cuidado de sus hijos se le reconoce un año de aporte por cada hijo que haya tenido hasta el número de 3 hijos”.

Leer más: Oficializan reconocimiento a mujeres en Aportes Jubilatorios por hijos

Para recibir la jubilación con el reconocimiento de esos años por hijo, en el ejemplo mencionado, en vez de aportar 30 años debe aportar 27 años con moratoria, que se irán descontando de la jubilación. “La mujer que tiene 60 años debe controlar y constatar que en el ANSES figuran sus hijos cargados. Una vez que se aclara esa situación, debe ver si puede hacer su moratoria. Haciéndola y completando sus 30 años se presenta con turno presencial (que se habilita desde agosto) y ahí se va a poder jubilar”, explica el letrado.

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