Gestión del Ministerio Publico Fiscal

Se han movilizado los recursos materiales y humanos con los que cuenta la institución con el objetivo de responder en forma adecuada y eficaz a las necesidades que impone el contexto de emergencia sanitaria. Todo sin dejar de cuidar las salud de todas las personas implicadas en la actividad del MPF.

A. UNIDAD FISCAL

La Unidad Fiscal, es un dispositivo recientemente incorporado a la Ley Orgánica del MPF -número 7826, artículo 16 inciso 6- a partir de su última reforma. Se trata de un mecanismo legal por el cual la Fiscalía General tiene la posibilidad de organizar de manera dinámica tanto las oficinas como el personal del MPF con el objetivo de asegurar o sostener una política de persecución específica y/o una gestión de conflictos más eficaz sobre un determinado tipo de casos.

1. Unidad Fiscal de Emergencia Sanitaria (UFES) : Esta Unidad Fiscal presta servicio de modo presencial las 24 horas todos los días y tiene a cargo la coordinación de esta 5 política criminal focalizada en toda la provincia. En la ciudad de Córdoba, concentra la recepción y tratamiento de todos los casos vinculados con el incumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas por las autoridades públicas. El objetivo de esta Unidad Fiscal es sostener una política de persecución que asegure en todo el territorio provincial, la vigencia de todas las disposiciones de las autoridades sanitarias tendientes a prevenir la circulación, contagio y propagación del virus COVID-19, tales como la concreción de “Barrera Sanitaria”, “Cordón Sanitario” o “Estricto Control Sanitario Comunitario” en determinadas zonas.  Para ampliar el acceso de la comunidad al servicio de justicia y evitar en lo posible el desplazamiento de las personas, se habilitó en toda la provincia la línea telefónica 0800-888-0054 que está disponible las 24 horas, todos los días. Para evitar la saturación de la línea telefónica y gestionar eficientemente los recursos humanos del MPF, se creó también una plataforma web específica para realizar este tipo de denuncias de manera simplificada.

2. Unidad Fiscal de Atención Inmediata (UFAI T2): Por resolución de Fiscalía General n.º 13/20 de fecha de fecha 25/03/20 se crea la Unidad Fiscal de Atención Inmediata (UFAI T2). Esta Unidad Fiscal funciona las 24 horas, todos los días. Las tareas presenciales se desarrollan de lunes a lunes de 08 a 20 horas. Durante la noche, de 20 a 08 horas, trabaja de modo remoto en coordinación con todas las Unidades Judiciales de la ciudad de Córdoba. Todos los procedimientos de trabajo de la UFAI T2 están estandarizados a partir de una serie de protocolos de actuación, que además de brindar orden y certezaen las tareas, fijan las pautas de bioseguridad y disminuyen sensiblemente el tiempo de recepción de los procedimientos, liberando antes al personal policial.

3. Unidad Fiscal de Violencia Familiar: Durante el receso judicial extraordinario la Unidad Fiscal de Violencia Familiar (UFVF) se mantiene operativa. De esta forma, el Ministerio Público Fiscal sostiene la política de persecución penal focalizada y los dispositivos de prevención que se llevan adelante a través de las oficinas que integran la Unidad: Fiscalías especializadas y la Unidad Judicial “Polo de la Mujer”. Actualmente los Fiscales y Fiscalas especializados atienden los turnos en este tipo de casos, en función de los criterios que imparte el Fiscal Coordinador. Todo ello en permanente coordinación y comunicación con el Ministerio de la Mujer. Entro los dispositivos de prevención que mantiene su vigencia durante el receso extraordinario, se destacan los siguientes:

A) Botón antipánico

B) Uso de acta policial especial para casos de violencia familiar

C) Prórroga automática de medidas cautelares

D) Ingreso de casos a través de línea 0800 Ministerio de la Mujer

4. Unidad Fiscal para la resolución de medidas de coerción: Por Resolución de Fiscalía General 10/20 de fecha 17/03/20 se crea la Unidad Fiscal para la resolución de planteos efectuados respecto a solicitudes de cese o sustitución de las distintas medidas de coerción dispuestas, cualquiera sea la etapa procesal en que se encuentren las actuaciones. Esta Unidad Fiscal recepta y resuelve todos los planteos efectuados respecto a solicitudes de cese o sustitución de las distintas medidas de coerción dispuestas respecto de personas privadas de su libertad, cualquiera sea la etapa procesal en que se encuentren las actuaciones (por ejemplo: libertad, prisión domiciliaria, cese de prisión preventiva, etcétera). Su objetivo es dar una respuesta adecuada y rápida sobre los diversos planteos presentados y que en el futuro pudieran efectuarse en los distintos establecimientos provinciales con personas privadas de su libertad, con motivo de la crisis sanitaria generada por la pandemia que ha provocado la irrupción del coronavirus (COVID 19).

B. UNIDADES JUDICIALES Y OFICINA DEL RECESO

1. Nuevo esquema de funcionamiento de las Unidades Judiciales de Capital: las Unidades Judiciales de toda la provincia siguen funcionando las 24 horas, todos los días. En Córdoba Capital, La Calera y Villa Allende, se dispuso una reorganización de las Unidades de los cuatro distritos a partir de la resolución de Fiscalía General nº 11/20 de fecha 20/03/20. De esa forma, a partir del día 21 marzo, La atención de todas las Unidades judiciales de número de los cuatro distritos de Córdoba pasan a concentrarse en cinco puntos de la ciudad, conformando cinco Unidades Judiciales de distrito que concentran todos los hechos conforme al esquema que surge de la resolución mencionada. A estas oficinas, se suman las Unidades de La Calera y Villa Allende, que permanecen abiertas y siguen trabajando en la recepción de los hechos de su ámbito de actuación. En cuanto a las unidades judiciales especiales, se definen dos núcleos de atención y tratamiento. Por un lado, se establece en forma centralizada una Unidad Judicial Especial, que opera en el edificio de la Central de Policía Provincial, y concentra los equipos de las Unidades Judiciales de Delitos Económicos, Homicidios, Narcotráfico, Sustracción de Automotores, Accidentología Vial y Robos y Hurtos.

2. Oficina del receso extraordinario : Para garantizar la continuidad del tratamiento de casos que no corresponden a Unidades Fiscales o Fiscalías Especiales, el MPF puso en marcha un esquema de coordinación a cargo de la Oficina del receso extraordinario que se ocupa de articular acciones con las fiscalías de instrucción de la ciudad de Córdoba, prestando asistencia para la realización de actos presenciales y asegurando la realización de diferentes gestiones bajo la modalidad teletrabajo.

C. INCORPORACIÓN DE PAUTAS DE BIOSEGURIDAD

1.Medidas preventivas generales para el personal:  Su objetivo es la prevención de infecciones respiratorias, desinfección de espacios y herramientas de trabajo, y el modo de actuación ante un caso sospechoso de COVID-19. Dichas medidas y recomendaciones corresponden a lo difundido por el Ministerio de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud de la Provincia, como así también a las prácticas establecidas como fundamentales en la prestación del servicio, y están destinadas a resguardar la salud del personal y de quienes estén en contacto con ellos.

2. Protocolo para la atención al público: Este protocolo regula las medidas de seguridad a adoptar teniendo en cuenta las barreras sanitarias disponibles en los diferentes espacios de trabajo donde se realiza atención al público.

3. Instructivo de limpieza para dependencias del MPF: El MPF dispuso también un instructivo específico para la empresa prestadora de servicio de limpieza. Este documento tiene como objetivo reforzar la prevención y cuidado de los trabajadores y trabajadoras y de todas las personas que, por algún motivo, transitan esas oficinas.

4. Estandarización de procesos de áreas operativas en contexto de riesgo
biológico: Con el fin de realizar las diferentes tareas operativas de manera segura, eficiente y ordenada, se elaboraron documentos que permitan llevar a cabo las actividades en diferentes escenarios (con y sin COVID-19), permitiendo:
● Usar eficientemente los recursos disponibles.
● Unificar criterios de funcionamiento e intervención de las diferentes áreas, mediante la estandarización de los procedimientos de trabajo.
● Orientar a los/as operadores/as involucrados/as en la investigación penal, para ejecutar sus actividades en forma secuencial, ordenada y segura.
● Describir los lineamientos básicos para el desarrollo de las diferentes actividades, mejorando el desempeño y confiabilidad de quienes tengan contacto con los elementos materia de prueba o evidencia físicas.
● Normalizar y estandarizar la ejecución del trabajo de campo y de laboratorio. Para ello, se establecieron pautas que permiten definir los procesos de trabajo de diferentes áreas y, a partir de allí, desarrollar procedimientos e instructivos de trabajo con el fin de optimizar las actividades en todos sus tramos, logrando una dinámica constante de mejoramiento.

5. Campaña de comunicación y promoción de la prevención: El MPF puso en marcha las siguientes acciones para asegurar el adecuado conocimiento de las normas de prevención:

  • Recorrido presencial del personal de medicina legal por las oficinas del MPF informando sobre las medidas de bioseguridad adecuadas y respondiendo dudas e inquietudes
  • Campaña gráfica: se colocó cartelería en todas las dependencias en funcionamiento recordando la importancia de cumplir con las medidas de prevención.

 

 

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