El Salario Anual Complementario o aguinaldo está dirigido a trabajadores registrados del sector privado, público, jubilados y pensionados. Y corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres. En diciembre llega el segundo pago y se calcula con base en los sueldos de julio al último mes del año.
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Según lo establece la Ley de Contrato de Trabajo, el límite para abonar la segunda cuota del aguinaldo debe abonarse antes del 18 de diciembre, previo a la Fiesta del Año Nuevo. De todas maneras, la legislación admite una tolerancia de hasta cuatro días hábiles de demora en el pago: los empleadores pueden abonarlo hasta el 23 de diciembre.
¿Cómo calcular el aguinaldo?
Por ejemplo, tomando un sueldo de $150.000 de alguien que trabajó 5 meses, la operación es la siguiente:
$75.000/6 = $12.500
12.500×5 = $62.500 (aguinaldo proporcional)