Ordenan incorporar a militares sumas no remunerativas

La Corte Suprema resolvió por unanimidad que las sumas pagadas al personal en actividad del Ejército deben considerarse como remunerativas, bonificadas y en consecuencia ser incorporada al sueldo de los efectivos, según un fallo que se aplicó sobre los alcances que tuvo el decreto 1305/2012.

Se trata de la causa presentada por Carla Elizabeth Sosa y los ministros Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti establecieron en un voto en conjuntos que, “de conformidad con lo establecido en la Ley para el Personal Militar (N° 19.101), toda asignación que se fije a favor del personal en actividad, cuando tenga carácter general, debe otorgarse dentro del “sueldo”.

Según el Centro de Información Judicial (CIJ), los jueces resaltaron que “si bien del texto del decreto citado no surgía que los suplementos se concedieran a todo el personal militar, lo cierto era que la prueba producida en la causa demostraba lo contrario”.

Rosenkrantz agregó que, de acuerdo a la jurisprudencia de la Corte, “un suplemento reviste carácter general cuando ello surge de la propia norma de creación o de la forma en que cada fuerza lo liquida al personal en actividad”.

El presidente de la Corte entendió que “correspondía al Estado Nacional acreditar que los suplementos involucrados en el caso no debían integrar el sueldo porque su percepción dependía del cumplimiento de una función determinada”.


Leer más:  Comienzan los alegatos en el juicio por CBI

Fuente: Télam

Welcome Back!

Login to your account below

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Add New Playlist