Le impiden el ingreso a la cancha de Belgrano a un padre hasta que pague la cuota alimentaria

Tampoco puede participar de ningún partido del club en otros recintos y se le prohibió salir de la provincia. Debe 3 años.
Tampoco puede participar de ningún partido del club en otros recintos y se le prohibió salir de la provincia. Debe 3 años.

La jueza de familia de 6ta Nominación de Córdoba, Marcela Alejandra Menta, resolvió prohibirle a un padre deudor de la cuota alimentaria el ingreso a la cancha del Club Atlético Belgrano y a cualquier partido donde participe en otros recintos, hasta que regularice la situación económica con su hijo biológico.

La madre del menor, defendida por la letrada Alejandra Anglada Torres, inició la causa en 2019. Por deber tres años de cuota alimentaria por un monto de $365.286,80, la resolución ordena “la prohibición de ingreso a todo espectáculo deportivo en el cual participe el “Club Belgrano” y desvincularlo del carácter de asociado de dicho club o impedir su registro como tal, prohibición de salida de la provincia y disponer la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos”.

“Dichas medidas tienen por objeto corregir al alimentante incumplidor para garantía del deber de asistencia económica y subsistencia material del beneficiario afectado”, sostiene el comunicado emitido por el juzgado.

A continuación, el fallo donde se resuelve la decisión para el padre moroso:

Fallo-Dra.-ANGLADA-TORRES

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