A través del decreto 796/2021 publicado en el Boletín Oficial mediante el cual modifica la resolución 380/01, el Gobierno Nacional decidió la aplicación del impuesto al cheque en operaciones realizadas con criptomonedas y monedas digitales o instrumentos similares.
Allí queda explicitado que “las exenciones previstas en este decreto y en otras normas de similar naturaleza no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares, en los términos que defina la normativa aplicable”.
En los considerandos del decreto se deja sentado que “deben actualizarse y armonizarse las exenciones para las cuentas de empresas que brindan el servicio de procesamiento y liquidación de pagos de terceros a través de diversos medios electrónicos, ya sea presencial como no presencial, tanto para el cobro de impuestos y servicios públicos, como de bienes y servicios”.
Como en el resto del mundo, la Argentina es uno de los lugares donde se incrementaron las operaciones en criptomonedas y según datos de la AFIP hay abiertas al menos 2 millones de cuentas, por lo cual el organismo recaudador puso el foco allí.
El decreto recordó que, a fines de octubre del año pasado, el Banco Central estableció un nuevo marco de funcionamiento para extender las transferencias electrónicas, y a través de la Comunicación A 7153 actualizó el Sistema Nacional de Pagos y estableció lo que se conoce como Transferencias 3.0. A partir de ahora, se agrega a la normativa el cobro del impuesto al cheque para estas operaciones.
aviso_252994Fuente: Gobierno Nacional