La acosaba en el trabajo y ahora deberá pagar su tratamiento psicológico

Víctima y victimario trabajaban para una empresa de transporte urbano de pasajeros en Córdoba.
Víctima y victimario trabajaban para una empresa de transporte urbano de pasajeros en Córdoba.

Una mujer que desarrollaba tareas de vigilancia en las instalaciones de una empresa de transporte público de pasajeros, realizó una denuncia por violencia de género contra un compañero de trabajo. El denunciado era jefe de seguridad de la firma, por lo que no existía un vínculo laboral formal entre los involucrados. 

La víctima manifestó que, si bien el denunciado no era su superior jerárquico, paulatinamente comenzó a tomar decisiones sobre su trabajo, a perseguirla y a hostigarla. Este hostigamiento se extendió durante dos años e incluía distintos actos intimidantes tales como amenazas sobre la pérdida de su fuente laboral; cambios de horario, pese a conocer sus obligaciones de cuidado con un adulto no auto-válido y su hijo niño; comentarios despectivos y misóginos; invención de causas de mal desempeño; y tratos denigrantes, como obligarla a utilizar el baño de los hombres, en pésimas condiciones de salubridad. 

En la sentencia, la jueza Mariana Wallace expresó: “La afectación laboral, tiene un doble impacto, uno a nivel estrictamente laboral (rendimiento) y otro en las consecuencias altamente estresógenas generada por la pérdida o amenaza de pérdida de la fuente laboral (alteraciones subjetivas)”. 

A partir de los testimonios recabados y de los informes incorporados a la causa, se tuvieron por probados los padecimientos sufridos por la víctima, quien vio afectada su salud física y psicológica como consecuencia de la violencia ejercida por el denunciado. 

La sentencia dispone que el hostigador concurra en forma obligatoria a un tratamiento psicológico especializado en violencia de género. También lo condena a pagar los costos del tratamiento psicológico de la víctima hasta su alta. 

Asimismo, ordena a las empresas involucradas a implementar programas de capacitación, detención temprana y abordaje de la violencia de género laboral. Por último, dispone que, en la puerta del sanitario donde se la obligó a concurrir a la víctima, se coloque una placa inamovible de material perdurable con la leyenda: “La violencia de género no es una opción posible”.

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