Intendentes argentinos presentaron un amparo contra el DNU de Milei

Los Jefes Comunales de la Federación Argentina de Municipios (FAM) alegan a la inconstitucionalidad del proyecto a presidencial.
Los Jefes Comunales de la Federación Argentina de Municipios (FAM) alegan a la inconstitucionalidad del proyecto a presidencial.

Un total de 500 intendentes de todo el país, agrupados en la Federación Argentina de Municipios (FAM), presentaron este jueves 4 de enero un recurso de amparo contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) de desregulación económica que impulsó el presidente Javier Milei. Dicha medida ya había sido anunciada a fines del 2023.


“Desde la @FAMdeArgentina hemos decidido trabajar para ponerle un freno al accionar inconstitucional que impulsa el gobierno de Javier Milei. Por eso, 500 intendentas e intendentes de todo el país presentaremos un recurso de amparo ante la Justicia para frenar el DNU que avasalla derechos”, escribieron en ese entonces de las FAM en su cuenta oficial de X (Ex Twitter).

¿Qué plantea el amparo de la FAM?

La presentación formal de los jefes comunales ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal lleva la firma del presidente de la FAM e intendente de La Matanza, Fernando Espinoza. Al respecto el funcionario pidió que se deje sin efecto el DNU 70/2023 “hasta tanto se dicte sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada”.

Además solicitan “que se ordene, como medida de urgente de protección cautelar, la inmediata suspensión de los efectos del decreto hasta tanto las Cámaras del Congreso de la Nación se expidan por la aceptación o rechazo del Decreto 70/23”. Para el dirigente peronista, el decreto presidencial “afecta gravemente muchos aspectos de la vida de nuestras vecinas y vecinos, deja desprotegidos a nuestros jubilados y jubiladas, y atenta contra nuestras Pymes y los productores regionales”.

El amparo señala que “el decreto cuestionado viola el presupuesto de validez esencial fijado por la Constitución, por cuanto arremete contra el principio general consagrado por el art. 99 inciso 3º, que es la prohibición del Presidente de dictar disposiciones de carácter legislativo”. y agrega: “Pero para ello, y sin la intermediación (como corresponde) del Congreso, prefirió arrogarse facultades extraordinarias equivalentes a ejercer la suma del poder público y así derogar el siguiente paquete normativo de amplia vigencia en el país”.

Según Espinosa el DNU “viola el principio rector que sustenta el estatuto del poder: la separación de poderes y conduce a la suma del poder público” y se destaca que “constituye una amenaza cierta e inmediata sobre el sistema democrático”. Y agregó: “a días de haber asumido Milei, ya se generó un antes y un después en la Argentina. Vemos cómo se van cayendo argentinos del sistema laboral y cómo se está generando un desmoronamiento del poder económico de todo el pueblo”

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