DNU de Milei autoriza a comercializar medicamentos en lugares que no sean farmacias

Se termina con la obligatoriedad de que haya un farmacéutico presente en la farmacia si el medicamento es de venta libre. Sustituye aspectos de la Ley 17.565.
Se termina con la obligatoriedad de que haya un farmacéutico presente en la farmacia si el medicamento es de venta libre. Sustituye aspectos de la Ley 17.565.

Entre las medidas para la desregulación de la economía anunciadas anoche en el mega decreto del presidente Javier Milei, las del rubro de la salud también hacen lo propio en relación a los medicamentos y vacunas. Las normativas buscan retirar la intervención estatal de la producción, distribución y comercialización.

 De esta manera, se habilita la comercialización de medicamentos de venta libre en otros comercios que no sean farmacias. A través del artículo 313 del DNU, se sustituye el primer y segundo párrafo del artículo 1° de la Ley 17.565, que reglamenta el ejercicio de las farmacias, donde se elimina la exigencia de que “los medicamentos denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas”.

También deja afuera el texto que especificaba que “los medicamentos denominados de venta libre deberán ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio”.

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A su vez, el DNU deja sin efecto lo que establecía la ley, que determinaba que “la venta y despacho fuera de estos establecimientos se considera ejercicio ilegal de la farmacia y, sin perjuicio de las sanciones establecidas por la ley, los que la efectúen podrán ser denunciados por infracción al Código Penal”

La nueva ordenanza, también admite que las farmacias podrán constituirse mediante cualquier figura jurídica permitida por la legislación vigente. Además,  la derogación de los artículos 13, 20, 27, 40, 41, 42, 43 y 44 de la Ley 17.565, permite “la instalación de casas o talleres de óptica en las farmacias” y aquellos farmacéuticos que tengan al mismo tiempo título de médico u odontólogo podrán “ejerzan simultáneamente ambas profesiones”.

Otra de las novedades es que los farmacéuticos y bioquímicos podrán ser a la vez directores técnicos de una farmacia y laboratorio de análisis clínicos, algo que hasta este miércoles estaba prohibido al igual que tener consultorios médicos u odontológicos en el local de una farmacia o anexado a la misma. El DNU también permite que las droguerías emitan recetas. 

Luego de conocerse los alcances de las nuevas normativas, la Confederación Farmacéutica de Argentina lanzó un duro comunicado en sus redes sociales donde menciona que se busca “desprofesionalizar la farmacia, quitándole su esencia como centro de salud”. 

En el texto, mencionaron que algo similar ocurrió en la década del ‘90 y advirtieron que se trata de un “avasallamiento a nuestra profesión”. Además, advirtieron que están abriendo las puertas para que en Argentina circulen “medicamentos falsos y adulterados, poniendo en serio riesgo la salud de las personas”. 

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