Confirman el rechazo a tratar un amparo contra el DNU de Milei como “proceso colectivo”

El Ejecutivo pretendía que se le diera al amparo un criterio colectivo para evitar la dispersión de juzgados.
El Ejecutivo pretendía que se le diera al amparo un criterio colectivo para evitar la dispersión de juzgados.

La Sala de Feria de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó que un planteo contra el DNU 70 tramitará como proceso ordinario y no con carácter colectivo. Sería uno de los primeros expedientes contra el decreto de necesidad y urgencia que sancionó el Gobierno, que había sido presentada y aceptada inicialmente como un “amparo colectivo”.

Esa acción judicial fue impulsada por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, el economista y exfuncionario Claudio Raúl Lozano y los sindicalistas Hugo Ernesto “Cachorro” Godoy y Rodolfo Ariel Aguiar. Por su parte, los jueces de feria Sergio Fernández y Carlos Grecco rechazaron el pedido por parte del Poder Ejecutivo, quienes tenían la intención que la causa se tramitara como proceso colectivo para evitar la dispersión de presentaciones contra el DNU, lo que abarca la posibilidad de fallos contradictorios.

Primeramente, el Ejecutivo había apelado la decisión adoptada durante la feria judicial para que el proceso, que se inició como colectivo, pasara a revestir el carácter de una acción de amparo individual. Esa decisión fue adoptada el 4 de enero pasado y fue apelada por los abogados del Estado.

“No se explica cuál es el gravamen que le causa al Estado Nacional que, en resguardo de los principios de jurisdicción, competencia y especialidad establecidos en las normas procesales, se preserve la intervención propia de los tribunales competentes para conocer en cada una de las vastas materias de las que se ocupa el DNU 70/2023″, sostiene el fallo firmado hoy por el tribunal de feria.

Desde el gobierno aseguraron que se pretendía concentrar todos los reclamos contra el DNU, sin embargo, advirtieron que “los distintos tribunales que recibieron demandas con similares pretensiones fueron remitiendo las causas para que tramiten en el proceso colectivo para evitar sentencias contradictorias”.

Hasta ahora, la decisión no afecta a la vigencia del DNU dado que la propia Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazó dictar una medida precautelar para suspender todo el DNU.

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