Oficial: rige hasta fin de año la prohibición de despidos sin justa causa

Además, quedan prohibidas las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.
Además, quedan prohibidas las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo.

A través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el Gobierno oficializó hoy la prohibición de efectuar despidos sin justa causa o falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, hasta el 31 de diciembre próximo. Hasta esa fecha, además, quedan prohibidas las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, según el Decreto 413/2021 publicado este lunes en el Boletín Oficial.

En Poder Ejecutivo aclaró que la medida se dictó en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N° 27.541, ampliada por el Decreto N° 260/20 y su prórroga establecida por el Decreto N° 167/21, y la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto Nº 34/19 y ampliada por sus similares Nros. 528/20, 961/20 y 39/21.

Quedan exceptuadas de esta prohibición y de los límites temporales previstos por los artículos 220, 221 y 222 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de esa norma, como consecuencia de la emergencia sanitaria.

Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto, “no producirán efecto alguno y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”, según el texto oficial.

Asimismo, las prohibiciones previstas en el DNU no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19, ni respecto del personal que preste servicios en el ámbito del Sector Público Nacional, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto y de la naturaleza jurídica de la entidad empleadora.

Quedan también exceptuados de tales prohibiciones, quienes se encuentren comprendidos en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción regulado por la Ley Nº 22.250.

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