La Justicia suspendió los aumentos de OSDE

La medida cautelar se extendió a todos los casos futuros de adherentes que se vean afectados.
La medida cautelar se extendió a todos los casos futuros de adherentes que se vean afectados.

La jueza federal, María Isabel Caccioppoli, emitió una medida cautelar que afecta directamente a la relación entre los afiliados a OSDE y los aumentos establecidos por el DNU 70/23. En su fallo, Caccioppoli no solo dejó sin efecto dichos incrementos sino que extendió su aplicación de manera colectiva a todos los casos futuros de adherentes que se vean afectados por estas medidas y acudan a los tribunales. La magistrada fundamentó su decisión al afirmar que la empresa no justificó adecuadamente dichos aumentos, lo que coloca a los consumidores en un estado de incertidumbre y vulnerabilidad.

El demandante, Fernando Ismael Morsentti, quien presentó el amparo contra OSDE, argumentó que los aumentos desproporcionados en los servicios de salud lo colocan en una situación económica insostenible, vulnerando sus derechos constitucionales al acceso a la salud, a la vida y a la propiedad privada. Además, cuestionó la constitucionalidad del DNU 70/23 por no haber seguido el procedimiento adecuado para su implementación. La jueza respaldó estos argumentos al considerar que el decreto ha alterado el marco regulatorio sin justificación suficiente.

En su resolución la jueza Caccioppoli resaltó  la necesidad de proteger a los sectores más vulnerables, en este caso, los jubilados, cuya capacidad adquisitiva se ve directamente afectada por los aumentos en las cuotas de medicina prepaga. Además, subrayó la importancia de garantizar el acceso a la salud como un derecho fundamental, conforme a los pactos y convenciones internacionales que protegen estos derechos.

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