La CIDH le pidió a EE.UU. que le conmute la pena a Saldaño

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) instó a la Justicia de Estados Unidos a conmutar la condena de Víctor Hugo Saldaño, el argentino condenado a muerte que lleva más de 20 años detenido en el país norteamericano. El organismo también pidió que retiren a Saldaño del “corredor de la muerte” y que garantice la atención a su salud mental. El documento fue emitido después de una reunión de trabajo que tuvo lugar el 13 de noviembre en Quito, Ecuador, en la que participaron el abogado de Saldaño y de su familia Juan Carlos Vega, junto con representantes de la Justicia de EE.UU.

En el texto, la CIDH pidió al país a “respetar plenamente sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos”. En su Informe de Fondo N° 76/16 —y en consonancia con informes anteriores y posteriores—, la CIDH concluyó que “los Estados Unidos son responsables por la violación de los Artículos I (derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad e integridad de la persona), II (derecho de igualdad ante la ley), XVIII (derecho de justicia), XXV (derecho de protección contra la detención arbitraria) y XXVI (derecho a proceso regular), de la Declaración Americana en perjuicio de Víctor Saldaño”.

En concreto, la CIDH afirma que Víctor Saldaño “no fue tratado de acuerdo con los principios de igualdad ante la ley, toda vez que su raza y origen nacional fueron tomados en consideración en su primer juicio condenatorio”. Por ejemplo, la Justicia de EE.UU. tomó en cuenta para condenar a muerte a Saldaño fue su “peligrosidad futura”, en cuya determinación se tomaron en cuenta su nacionalidad, raza y origen étnico (“hispánico

Asimismo, el organismo concluyó que Saldaño no tuvo una defensa adecuada, y que en el segundo juicio —en el que por segunda vez el argentino fue condenado a muerte— su salud mental fue indebidamente considerada. Puede leerse en el informe N° 76/16 que la CIDH “entiende que la consideración dada en el segundo juicio al estado de salud mental de Víctor Saldaño, y a las manifestaciones que causó dicho estado en su conducta, invocadas por la fiscalía como indicio de peligrosidad futura, a pesar del hecho de que fueron desencadenadas por el tiempo pasado en el pabellón de condenados a muerte, en virtud de una sentencia que consideró su raza y origen nacional, constituyó una forma de tratamiento inhumano y una pena inusitada (…)”.

Más aún, para la CIDH, la permanencia de Saldaño por más de 20 años en el “corredor de la muerte” en condiciones extremas de aislamiento, “fue arbitraria y constituyó un castigo cruel, inusual e inhumano, de tal severidad que constituyó una tortura”. En ese informe, la CIDH también señaló que “en caso de cumplirse la ejecución del Sr. Víctor Saldaño, el Estado también sería responsable por una grave e irreparable violación del derecho fundamental a la vida, amparado por el Artículo I de la Declaración Americana”.

Con esos, entre otros argumentos, la CIDH recomendó a EE.UU. que otorgara a Víctor Saldaño un “efectivo desagravio”, la conmutación de su condena y su traslado fuera del pabellón de condenados a muerte.

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