DNU: Medicina Prepaga y la ley de Obras Sociales serán modificadas

Entre otras modificaciones, se van a "revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones" de las empresas de medicina prepaga.
Entre otras modificaciones, se van a "revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones" de las empresas de medicina prepaga.

El decreto de necesidad y urgencia (DNU) que comunicó el presidente Javier Milei modifica 366 leyes donde la mayoría de las medidas son de índole económica. En este marco regulatorio, unas de las leyes que se modificarán son las de la Medicina Prepaga y la ley de Obras Sociales.

En Pato a la Mañana, la periodista de Salud, Alejandra García Krizanec, brindó su columna donde detalla las nuevas normas dentro de la Medicina Prepaga y Obras Sociales.

Medicina Prepaga y la ley de Obras Sociales: Modificaciones por DNU

Entre la serie de medidas dadas a conocer en cadena nacional, se determinó que deben ser derogados los artículos que permiten “revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones” de las empresas de medicina prepaga. A su vez, elimina la obligatoriedad de las prepagas de “transferir en caso de quiebra, cierre o cesación de actividades” a sus afiliados a otros prestadores.

En ese sentido, se modifica la ley de Obras Sociales N° 23.660 y determina que las obras sociales sindicales, estatales, de administración mixta, del personal civil y militar, “funcionarán como entidades de derecho público no estatal, con individualidad jurídica, financiera y administrativa”.

Por otro lado, se toman medidas en torno a la utilización de medicamentos por su nombre genérico:

“Toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración”, detalla el documento.

Por último, establece que se puede prescribir y dispensar medicamentos a través de recetas electrónicas, firmadas a través de plataformas habilitadas para tal fin, como las de teleasistencia.

Todas estas medidas ya están vigentes dentro del área de Salud, sin embargo, aún no han sido aprobadas por el congreso lo que implica que nada es definitivo. Las libertades que se implementan son provisorias hasta saber que decisiones toman las Cámaras de la Nación.

También, se habilitó la venta de medicamentos en establecimientos que no son farmacias. Las drogas que entran dentro de esta habilitación son las catalogadas como “medicamentos de venta libre”.

Mira la columna de Salud de Alejandra García Krizanec en Pato a la Mañana:

Welcome Back!

Login to your account below

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Add New Playlist