Legislativas 2021: quiénes estarán exceptuados de votar

Según el protocolo tanto para las PASO como para las generales, tendrán autorización legal para no votar, los que cumplan aislamiento, sean contactos estrechos de casos confirmados, constituyan un caso sospechoso o integren un grupo de riesgo.
Según el protocolo tanto para las PASO como para las generales, tendrán autorización legal para no votar, los que cumplan aislamiento, sean contactos estrechos de casos confirmados, constituyan un caso sospechoso o integren un grupo de riesgo.

Los ciudadanos en aislamiento por contagio confirmado de Covid-19 o que tengan síntomas compatibles con esa enfermedad, al igual que aquellos que sean “contacto estrecho” de otro contagiado, estarán autorizados legalmente para no votar en las elecciones de este año.

La misma excepción se aplicará para quienes integren grupos de riesgo que por indicación médica deban evitar los lugares con movimiento de gente, según determinó la Cámara Nacional Electoral en el artículo 11 de la acordada 83, en el que estableció un “protocolo sanitario” para la realización de los comicios en este contexto de pandemia.

Estas decisiones fueron adoptadas por la Justicia Electoral y regirán para las PASO del 12 de septiembre y para las generales del 14 de noviembre, la primera convocatoria a las urnas que en la Argentina se realizará en el marco de la pandemia para elegir 24 senadores y 127 diputados.

En este marco, la CNE dispuso que en caso de que un ciudadano “exija ejercer su derecho al sufragio” a pesar de estar en aislamiento por contagio confirmado o sospechoso de Covid-19, el juez federal electoral del distrito “determinará el procedimiento de emisión de voto”, para lo cual “deberá garantizar las medidas de higiene y distanciamiento adecuadas” para “garantizar la salud de las demás personas”.

Así lo establece la acordada extraordinaria 83 de la Cámara Electoral, emitida el martes pasado tras haber sido votada por el presidente, Santiago Corcuera, y los otros dos camaristas, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía, y que en su artículo 11 contiene el “Protocolo sanitario contra el Covid-19”.

En cuanto a los ciudadanos que tengan un PCR positivo confirmado, síntomas compatibles con Covid o hayan estado en contacto estrecho con alguien cursando la enfermedad y que, por lo tanto, no quieran sufragar, podrán tramitar el justificativo de no emisión del voto a través del portal web de la Cámara, en la sección de infracciones al acto electoral.

La acordada extraordinaria 83 se emitió tras realizar consultas con los ministerios de Salud y de Interior, como también con los jueces electorales de las 24 jurisdicciones del país, y además se tuvieron en cuenta otros procesos electorales realizados en la región tras la irrupción planetaria del coronavirus.

En efecto, la CNE analizó los comicios realizados en República Dominicana, los primeros efectuados en pandemia -celebrados el 5 de julio de 2020-, como asimismo procesos eleccionarios transcurridos desde entonces, que tuvieron lugar en Ecuador, Bolivia, Uruguay, Paraguay, Chile y Brasil.

En Argentina, los comicios estaban previstos para agosto (PASO) y octubre (generales), pero el presidente Alberto Fernández impulsó un acuerdo con la oposición y entonces se los postergó para septiembre y noviembre, lo que dará más tiempo a la vacunación masiva de la población con el esquema completo (dos dosis), sobre todo por la llegada de la variante Delta del coronavirus.

Además, la postergación del calendario electoral permitirá alejar los comicios del período de temperaturas invernales, lo que a su vez facilitará el uso de la ventilación cruzada en los centros de votación.

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