Diputados LLA: presentaron un proyecto para derogar el aborto legal

El texto entró hace dos días por Diputados; penaliza a la mujer en la mayoría de los casos y deja a criterio del juez cuando hay una violación.
El texto entró hace dos días por Diputados; penaliza a la mujer en la mayoría de los casos y deja a criterio del juez cuando hay una violación.

El oficialismo presentó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley para derogar la ley de aborto aprobada por el Congreso a fines de 2020. Con las firmas del jefe de bloque de La Libertad Avanza (LLA), Oscar ZagoLilia Lemoine y otros cuatro legisladores, el proyecto define al aborto como un “delito”.

A diferencia de lo que establecía el Código Penal desde 1921, reformado con la legalización del aborto, el proyecto oficialista no contempla que queden exceptuadas las violaciones como no punibles. Quedarán a discrecionalidad de los magistrados:El juez podrá disponer que se exceptúe de la pena a la mujer en atención a los motivos que la impulsaron a cometer el delito, su actitud posterior y la naturaleza del hecho”, establece el documento.

En los argumentos de la presentación del proyecto, los legisladores afirmaron: “Respecto de la no punibilidad de los abortos de embarazos originados en una violación, decidimos eliminar la causal de no punibilidad por entender que la misma ha sido sistemáticamente interpretada como una justificación de la práctica”.

Los diputados de LLA remarcaron: “La tremenda crisis que vive nuestro país no es solo política o económica, es fundamentalmente moral. La clase política debe retomar el concepto de “bien común” como elemento fundante del principio de jerarquía. Así se recupera una legitimidad que hoy es cuestionada, y que solo se reconstruirá si se despliegan las condiciones institucionales, materiales y espirituales que posibiliten el normal y pleno desarrollo de todos y cada uno de los argentinos”.

Los legisladores criticaron la distinción que hace la nueva norma en las primeras catorce semanas de gestación: “En efecto, antes de cumplirse las catorce semanas la vida del no nacido no es un bien jurídico que merezca la protección del derecho, circunstancia que cambia transcurrido dicho plazo. Es por eso que proponemos volver a la redacción anterior del artículo, modificando la cuestión de las causales de no punibilidad”.

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