El Banco Central dispuso que las entidades financieras y las empresas que prestan servicios bancarios o financieros podrán atender presencialmente y sin turno, a partir de este lunes 15 de diciembre.
Entidades abarcadas por la normativa
-Entidades finacieras
-Empresas non financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra
-Los otros proveedores no financieros de crédito inscriptos
-Casas de cambio
-Empresas de cobranzas extrabancarias
Las entidades mencionadas están sujetas al estricto cumplimiento de las normas sanitarias y de las recomendaciones dispuestas por las autoridades sanitarias nacional y/o jurisdiccional. En ese sentido, se recuerda que deberán cumplir la totalidad de las medidas preventivas generales previstas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 678/21 y modificatorios.
Protocolo sanitario
-Las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia de 2 metros
-Las personas deberán utilizar tapabocas en espacios compartidos
-Se deberán ventilar los ambientes en forma adecuada y constante
-Las personas deberán higienizarse asiduamente las manos .
Los #bancos podrán atender sin turno a partir del lunes, 15 de noviembre, garantizando las medidas preventivas de salud.
— BCRA (@BancoCentral_AR) November 11, 2021
Más información ▶️ https://t.co/c9GeDiFqlW pic.twitter.com/ZTZbXFxqmC
Fuente: BCRA