Ya puede consultarse “online” el Observatorio de Causas Anticorrupción

Ya puede consultarse en la página web oficial del Poder Judicial de Córdoba el Observatorio de Causas Anticorrupción y de Interés Público. En esta base de datos, que está alojada en la sección “Transparencia Activa”, se publican las resoluciones dictadas por el Fuero en lo Penal Económico y Anticorrupción como así también las que requieren la intervención de la Unidad de Delitos Complejos, aun cuando sean tramitados por otros tribunales por razones territoriales o de otra índole. Asimismo, se publican las resoluciones dictadas en aquellos procesos que concitan un especial interés social por afectar a la salud pública, al medio ambiente, a la fe pública de modo significativo u otros bienes con efectos similares.

Esta plataforma fue creada por Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) con el objeto de brindar mayor acceso a la información de las causas penales de interés público, con observancia de las garantías constitucionales en juego. El Alto Cuerpo, en el Acuerdo Reglamentario 1410/2017, dispuso la conformación de un comité de trabajo a los efectos de llevar a cabo las adecuaciones necesarias, dictar los instrumentos normativos pertinentes y elaborar un instructivo destinado a establecer las pautas de carga y actualización.

El observatorio brinda datos relativos al número de expediente, la carátula, la fecha de inicio, el estado de la causa, el tipo de juicio, la dependencia actual y las partes intervinientes (imputados y damnificados, etc.), los letrados designados, los delitos y las resoluciones pertinentes (tipo de resolución, número, fecha y contenido autorizado). Conforme al Acuerdo N° 4 de la Sala Penal del TSJ, que dispone la creación del observatorio, la información allí publicada perdurará por un plazo no inferior a 20 años.

El TSJ aclaró que solo excepcionalmente podrá omitirse el contenido completo de la resolución, cuando el organismo que la dicte considere que su difusión “puede afectar un eficaz logro de los fines del proceso”. En esos casos, deberá dejarse asentada en el observatorio esta circunstancia. El acuerdo aclara que, en forma todavía más extraordinaria, podrá omitirse publicar la existencia de la resolución solo cuando el organismo que la dicte ordene el secreto de sumario o disponga una medida cuya publicidad pueda entorpecer su realización.

La iniciativa fue impulsada por el TSJ y la Fiscalía General de la Provincia como una forma de avanzar “en el camino de transparencia” iniciado con publicación de la sección “Transparencia Activa” en el portal www.justiciacordoba.gob.arcomo así también del sitio web del Ministerio Público Fiscal: www.mpfcordoba.gob.ar. Un instrumento similar ya había sido implementado en 2016 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través de la página web del Centro de Información Judicial: www.cij.gov.ar/causas-de-corrupcion.

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