Vuelta a la presencialidad en Tribunales: medidas contra los no vacunados

Según resolvieron los vocales del TSJ, podrán retornar a la actividad presencial aquellos empleados que hayan recibido las dos dosis de cualquier vacuna contra el Covid-19.
Según resolvieron los vocales del TSJ, podrán retornar a la actividad presencial aquellos empleados que hayan recibido las dos dosis de cualquier vacuna contra el Covid-19.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) anunció que a partir del próximo 1º de septiembre se retomará la presencialidad en los Tribunales de la provincia. Instan a los trabajadores a vacunarse contra el coronavirus.

Según resolvieron los vocales del TSJ, podrán retornar a la actividad presencial aquellos empleados que hayan recibido las dos dosis de cualquier vacuna contra el Covid-19. Asimismo, podrán asistir los agentes que se hayan aplicado la primera dosis y no tengan comorbilidades.

Por su parte, quienes no se inocularon con ninguna dosis prestarán servicio presencial “salvo que existiera prescripción médica”. “Para ello deberán expresar su opción de: a) acudir de modo presencial en el horario y conforme el esquema de la dependencia en la que revistan, con un test de diagnóstico (PCR) negativo efectuado en las últimas 72 horas, a su cargo, que deberán renovar mientras dure su prestación presencial; o b) solicitar licencia sin goce de haberes”.

En este sentido, quienes no manifiesten su opción o se nieguen a presentar hisopado negativo, “se (les) concederá automáticamente licencia sin goce de haberes”. Cabe destacar que aquellos que no puedan retornar a la modalidad normal por razones de salud o por estar incluidos en grupos de riesgo “conservarán su dispensa si hubieran recibido sólo la primera dosis de las vacunas”.

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