Trabajadores y prohibición de despidos

El Dr. José Nayi estuvo en el programa Pato a la mañana y dio un panorama de cómo se debe actuar ante un despido injustificado.
El Dr. José Nayi estuvo en el programa Pato a la mañana y dio un panorama de cómo se debe actuar ante un despido injustificado.

Este miércoles Raúl ‘Pato’ Fernández y Mónica López recibieron en Pato a la mañana al Dr. José Nayi, abogado especialista en conflictos laborales. El letrado se refirió al accionar de los empleados frente a un despido, en medio de la prohibición de despedir dispuesta por el Gobierno Nacional.

Al respecto, Nayi recalcó la diferencia entre los empleados despedidos que deberían cobrar simple y los que deberían cobrar doble indemnización: “Hay que distinguir si el trabajador fue contratado antes del 13 de diciembre del 2019, o con posterioridad. La normativa establece específicamente que si el trabajador fue contratado antes de esa fecha, cobra doble indemnización y está protegido contra el despido arbitrario”, señaló, además de que también puede optar por la opción de ser reincorporado al trabajo dependiendo de la relación entre las partes.

En el caso de que la persona fuese contratada después del 13 de diciembre del 2019, “no está protegido con la doble indemnización ni contra la prohibición de despidos”. Esto fue establecido por decreto en el contexto de la emergencia económica, no por la crisis generada por la pandemia.

Ahora, ¿qué pasa con los empresarios de pymes que tuvo que despedir a los empleados porque sufrió la fundición de su negocio, y se ve incapacitado de pagar dobles indemnizaciones? El abogado José Nayi precisó que en estos casos, el empleador puede haber pedido el proceso concursal por la quiebra de su negocio, donde hay que distinguir si el empresario fue a período de concurso, donde puede hacer determinadas ofertas, el trabajador tiene suspendido su contrato por 60 días de corrido.

Si efectivamente se va a la quiebra, es decir, se liquida la sociedad empleadora, queda extinguido el contrato laboral existente.

Frente a la adaptación a nuevas formas de trabajo por la pandemia, explica Nayi: “Cada situación que se da en la situación de trabajador y empleador son particulares. Lo que como abogado generalmente aconsejamos es que ante los hechos de alarma -como un empleador que exige al empleado que vuelva a trabajar-, inmediatamente acuda a un letrado para que le explique cómo proceder para evitar que la situación empeore. La otra opción es dirigirse a un delegado gremial”.

Si bien no son todos los casos, a veces los empresarios “se abusan de la situación para no pagar lo que corresponde”, señala el abogado, teniendo en cuenta también lo largos que pueden llegar a ser los juicios laborales, ya que éstos pueden demorar hasta cinco o seis años en terminarse.

Mirá la entrevista completa:

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