Sanciones del toque “de queda” nocturno

La figura legal está dentro del Capítulo IV del Título VII del Código Penal que tipifica los delitos contra la salud pública. “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”, establece.

Durante el 2020, también se apeló al artículo 239 del Código Penal, que establece que corresponderá “prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquel o en virtud de una obligación legal”.

La nueva restricción de circulación regiría de 23 a 5 de la mañana, según pudo saber TN.com.ar de fuentes oficiales. “Las medidas van a estar esta tarde, ya se están redactando. Se publicará este viernes”, confirmó Cafiero este jueves. En otras palabras, no se podrá salir a la vía publica en esa franja horario, excepto los trabajadores esenciales.

El objetivo de la restricción es evitar las fiestas clandestinas y la aglomeración de personas en bares. En el Gobierno están muy preocupados por el comportamiento de los jóvenes, que en esta temporada de verano organizaron numerosas celebraciones sin barbijos ni distancia social.

En la Casa Rosada se busca que la medida esté vigente antes del fin de semana para comenzar a reducir la circulación de personas cuanto antes. El miércoles el presidente Alberto Fernández le había comunicado esta propuesta a los gobernadores y según fuentes de gobierno, la idea fue bien recibida por la mayoría de estos. “Coincidieron en que se deben tomar medidas para evitar esta crecimiento de los casos”, explicaron en la Casa Rosada.

Leer también: El Gobierno prohibió la circulación nocturna en todo el país

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