Registro automotor: ya no es necesario el “libre deuda” para las transacciones

En caso de deuda, el vendedor y el comprador podrán llegar a un libre acuerdo sobre el automotor
En caso de deuda, el vendedor y el comprador podrán llegar a un libre acuerdo sobre el automotor

Este martes el Gobierno nacional anunció que desde septiembre ya no será necesario el “libre deuda” de patentes y multas para tramitar la transferencia de vehículos usados. En este sentido, el vendedor y comprador del vehículo usado podrán alcanzar un acuerdo entre partes por esas deudas.

”Los Registros Automotores dejarán de cobrar los impuestos y tasas relativos a la radicación de Automotores y de sellos, y las multas por infracciones de tránsito cometidas en jurisdicción provincial o municipal. Será responsabilidad de cada jurisdicción la percepción de los mismos”, indicó el ministro de Justicia que lidera Mariano Cúneo Libarona.

Por su parte, el secretario de Justicia Sebastián Amerio, a cargo de la Subsecretaría de Asuntos Registrales, expresó: “A partir de ahora los gobiernos van a tener que hacerse responsables ante los ciudadanos de los impuestos, tasas y retenciones que les cobran. Los argentinos tienen el derecho de saber a dónde es destinada la plata que el Estado les retiene y esta medida es un avance en ese sentido”.

Amerio indicó que hay una “conveniencia” al eliminar los convenios a través de los cuales los Registros Seccionales cobraban los impuestos y tasas y que “esa operatoria resulta ajena al desarrollo de la actividad registral”.

Registro automotor: cada vez menos trámites

Las medidas anunciadas se suman a las ya implementadas como la baja al 1% del arancel de transferencia (era del 1,5% para Mercosur, 2% para importados), la eliminación de cargos por cédulas de identificación, títulos y chapas patentes y la creación del Legajo Digital Único (LDU).

El LDU tiene como finalidad “facilitar un servicio de inscripción abierto, accesible y estandarizado, bajo jurisdicción nacional, que permita las inscripciones o anotaciones peticionadas por los titulares registrales o por intermediarios autorizados para todo el conjunto de automotores”.

“Instrúyese a todos los Encargados de Registros Seccionales para que den ingreso a los trámites peticionados a través de cualquier Solicitud Tipo y procedan con su calificación y posterior inscripción u observación (según corresponda), de acuerdo con la información brindada por el Certificado Digital Automotor (CDA) disponible en el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA), sin necesidad de requerir su validación previa por parte del Registro Seccional de radicación del automotor”, indicó el Ejecutivo.

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