Pagarán Ganancias las indemnizaciones de directivos y ejecutivos

Las indemnizaciones que reciban los directivos y ejecutivos de empresas con sueldos superiores a $165.000 mensuales quedarán incluidos desde el viernes 2 en el pago del impuesto a las Ganancias. Según el decreto 976, que reglamenta algunos puntos de la reforma tributaria promulgada en noviembre, también serán imponibles las rentas derivadas de la enajenación y la transferencia de derechos sobre inmuebles, excepto los provenientes de la venta de la casa-habitación del contribuyente.

Según el decreto, las indemnizaciones alcanzadas por el impuesto son las que perciban quienes hayan ocupado “cargos en directorios, consejos, juntas, comisiones ejecutivas o de dirección, órganos societarios asimilables o posiciones gerenciales que involucren la toma de decisiones o la ejecución de políticas y directivas adoptadas por los accionistas, socios u órganos antes mencionados” en los 12 meses previos al despido y que hayan ejercido el cargo “en forma continua o discontinua” dentro de ese período.

En cuanto a las operaciones con inmuebles, el impuesto establecido será de 15% (antes era de 1,5%) y se consideran ganancias las generadas por la transferencia de derechos sobre propiedades situadas en el país, con independencia de la residencia del titular o de las partes que intervengan en las transacciones o el lugar de celebración de los contratos.

El decreto fue firmado por el presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne. Cabe destacar que este jueves el presidente Macri declaró que los impuestos del país “son los más caros del mundo”, pero la normativa firmada los aumenta.

 

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