Mercado Libre: imputan a la empresa por supuesta publicidad engañosa

También incluye a 16 proveedores que operan en la plataforma. Los acusan de ofrecer productos en cuotas sin interés y luego cobrar más caro.
También incluye a 16 proveedores que operan en la plataforma. Los acusan de ofrecer productos en cuotas sin interés y luego cobrar más caro.

La Dirección Nacional de Defensa dedl Consumidor y Arbitraje en Consumo comunicó la imputación a la empresa de comercio electrónico Mercado Libre, y a 16 proveedores que operan en dicha plataforma, por presunta publicidad engañosa. “Las mismas publicitan productos para las y los consumidores con la posibilidad de pagarlo en cuotas sin interés cuando en realidad tendrían un precio mayor que en pago al contado” señala la resolución judicial.

“A partir de una investigación de oficio, el organismo público detectó que muchos productos promocionados con la posibilidad de abonar en cuotas sin interés, tendrían publicaciones gemelas del mismo producto y del mismo proveedor, pero sin la posibilidad de pagar en cuotas sin interés, cuyo valor al contado era menor”, señala el comunicado oficial.

La fiscalización realizada por el organismo fue durante los meses de febrero y marzo de 2022, donde se encontraron publicaciones en Mercado Libre en las que se observaban ofertas destacadas con mensajes y expresiones como “descubrí un universo de descuentos hasta 40% – hasta 12x sin interés” o “hasta 50% off y 12x sin interés”, entre otras. De este modo, se habría inducido a las y los consumidores a la creencia de que se estaba ofreciendo la posibilidad de abonar productos en cuotas sin interés, cuando no sería cierto ya que las publicaciones en cuotas tendrían un precio mayor.

Esta práctica configuraría un presunto incumplimiento a los arts. 4 y 7 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor, que obligan, respectivamente, a todo proveedor a suministrar en forma cierta, clara y detallada información veraz sobre todo lo relacionado con las condiciones de comercialización de los bienes que provee y sobre las modalidades, condiciones o limitaciones de la oferta que emite. La empresa tiene cinco días hábiles para efectuar su descargo. En el caso de que efectivamente se acrediten las conductas advertidas, se aplicarán las multas establecidas en la normativa vigente que pueden alcanzar los $5.000.000.

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