Media sanción al tope de interés por falta de pago

Abarca a las facturas de servicios públicos y privados, como agua, gas, luz, internet, cable, medicina prepaga, entre otras. Ahora la iniciativa se tratará en Diputados
Abarca a las facturas de servicios públicos y privados, como agua, gas, luz, internet, cable, medicina prepaga, entre otras. Ahora la iniciativa se tratará en Diputados

Finalmente, el oficialismo logró aprobar en el Senado el proyecto que fija topes a los intereses por falta de pago que cobran las distintas empresas públicas y privadas de servicios, por lo que “en ningún caso podrán exceder la tasa pasiva para depósitos a treinta días del Banco de la Nación Argentina, correspondiente al último día del mes anterior a la efectivización del pago, no pudiéndose cobrar ningún tipo de cargos extras por gastos administrativos, intereses punitorios o cualquier otro concepto”.

En caso de convertirse en ley, las limitaciones alcanzarán a las empresas públicas y privadas que prestan los servicios de agua, luz, gas, internet, cable, tarjetas de crédito, medicina prepaga, educación privada, empresas de seguro, servicios de transporte, entre otros.

Con 38 votos a favor y ninguno en contra, ya que los senadores de Juntos por el Cambio se retiraron del recinto al momento de la votación, los senadores del Frente de Todos dieron luz verde a la iniciativa y la enviaron a la Cámara de Diputados, donde se especula que el oficialismo deberá trabajar arduamente para lograr su aprobación definitiva.

El texto estipula también que “si la consumidora fuese mujer la tasa de interés compensatoria se reducirá en un diez por ciento respecto de la tasa aplicable respecto a los demás usuarios”. Además, fija que la “fecha del primer vencimiento de las facturas de todos los servicios enunciados no podrá ser anterior al día 10 de cada mes”.

En todos los casos se deberán otorgar a los usuarios particulares “planes de facilidades de pago para cancelar las deudas”, con una tasa pasiva para depósitos a treinta días del Banco Nación y un plazo mínimo de seis cuotas y las empresas que en el plazo de 30 días desde la publicación de la ley no adecuen su facturación a la tasa de interés por mora serán sancionadas.

Además, para las empresas de servicios públicos se establece que cuando se facture “en un período consumos que exceden en un 75% el promedio de los consumos correspondientes al mismo período de los dos años anteriores se presume que existe error en la facturación”.

El senador del Frente de Todos, Oscar Parrilli defendió la iniciativa y aseguró que “estamos evitando que algunos abusadores del poder le metan las manos en el bolsillo a los trabajadores” y recordó que “el gobierno de Macri le permitió a los bancos y a las financieras que pusieran las tasas que quisieran”.

En tanto, su par de Juntos por el Cambio, Laura Rodríguez Machado señaló que “no estamos haciendo una defensa para que las empresas ganen ilimitadamente. Pero estos proyectos perjudican a los usuarios porque están desfinanciando a las empresas”. La senadora cordobesa acusó al Gobierno de estar “generando un fuerte aliciente para que los usuarios no paguen como corresponde porque termina siendo mejor no pagar que pagar con mora”.

Fuente: Télam

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