Macri firmó el decreto que habilita los retiros voluntarios

Mauricio Macri firmó un decreto para habilitar un régimen de retiro voluntario para el personal de toda la Administración Nacional. La medida fue publicada este martes a través del Boletín Oficial.

El plan comprende al Poder Ejecutivo, los ministerios y los organismos descentralizados e instituciones de la seguridad social que engloban tanto al PAMI y la Anses como a la AFIP, el Senasa, INTA e INTI, entre otros.

El decreto contempla hasta seis sueldos al momento del retiro y hasta 24 cuotas mensuales posteriores para quienes tengan más de 10 años de antigüedad, todas equivalentes al sueldo neto y el beneficio de la obra social.

Para poder acceder al retiro voluntario los trabajadores deberán tener 65 años o más y no contar con años de servicio suficientes para jubilarse; tener entre 60 y 65 años, o hasta 60 años con dos o más años de antigüedad en las jurisdicciones previstas.

El artículo 5 del decreto establece que el personal que acceda al plan de Retiro Voluntario “tendrá derecho a la percepción de una suma no remunerativa al finalizar su relación de empleo conforme la antigüedad que registre en los términos del siguiente cuadro, más cierta cantidad de cuotas conforme dicha antigüedad, las que se abonarán de manera mensual y consecutiva y serán iguales con los alcances del artículo 8° del presente”.

AÑOS DE ANTIGÜEDAD CANTIDAD DE CUOTAS A ABONAR EN UN SOLO PAGO AL TIEMPO DE LA BAJA CANTIDAD DE CUOTAS MENSUALES, IGUALES Y CONSECUTIVAS
10 ó más 6 24
Entre 8 y 10 4 16
Entre 6 y 8 3 12
Entre 4 y 6 2 8
Entre 2 y 4 0 6

Se estima que podrían adherirse entre 3000 y 5000 empleados públicos, que no podrán ser reemplazados.

Quedan expresamente excluidos de los planes de Retiro Voluntario el personal de Fuerzas Armadas; que se desempeñe en cargo docente, profesional de la salud, en el Servicio Exterior de la Nación o personal científico técnico; que se encontrare procesado por delito en perjuicio de la Administración Pública Nacional; que estuviese sometido a sumario administrativo o medida disciplinaria de la que pudieran surgir las sanciones de cesantía; que hubiere iniciado reclamo administrativo o acciones judiciales contra la Administración Publica Nacional o que tenga acordado un beneficio previsional o iniciado el trámite con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del presente.

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