La Provincia dispuso los criterios para aprobar el año escolar

El Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba informó cuáles serán las pautas para los centros educativos provinciales en cuanto a la aprobación del año escolar. Aclararon que se enmarca en la Resolución N° 368/20 aprobada por el Consejo Federal de Educación donde se fijan las pautas para la Evaluación, Acreditación y Promoción de estudiantes de la Educación General Obligatoria en tiempos de emergencia sanitaria.

Mediante la Resolución 343/20 de la cartera educativa provincial destacó que la política de evaluación educativa “no puede dejar de reconocer y ajustarse a las transformaciones acontecidas en el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje y a las condiciones en la que estos se desenvuelven en el formato de escuela remota” y “que las condiciones en la que los aprendizajes han tenido lugar fueron heterogéneas y desiguales, por lo tanto, es indispensable considerarlos en relación con la situación individual de cada estudiante, así como con las prácticas de enseñanza que organizaron dichos aprendizajes”.

Esta disposición alcanzan a la educación general obligatoria, en sus distintos niveles y modalidades. En cuanto a la promoción de nivel inicial, como es habitual, los niños que durante el 2020 se encuentren matriculados en la sala de 5 años “promocionarán de manera directa al primer grado del nivel primario, en los términos que establece la Resolución del CFE 174/12”.

Respecto a los criterios de evaluación, acreditación y promoción que aseguren la mayor sistematicidad posible, la resolución ministerial dispuso que “la acreditación de aprendizajes correspondientes al ciclo escolar 2020 y al ciclo 2021 se realizará sobre la base de los contenidos curriculares priorizados, reorganizados y considerados como una unidad pedagógica”.

A su vez, a los efectos de la promoción, de manera excepcional, “se establece que en cada grado/año escolar del ciclo lectivo 2020, se utilizará en el informe de progreso escolar la siguiente valoración: Aprobó los contenidos curriculares priorizados de manera Satisfactoria, Muy Satisfactoria o Escasamente satisfactoria y se acompañará con la evaluación formativa con los aprendizajes logrados y pendientes”.

Es decir que los estudiantes que pasan de grado (de 1 a 5 en la primaria), o de año (1 a 5 en la secundaria orientada, o de 1 a 6 año en la secundaria técnica), tendrán que dar cuenta de los conocimientos adquiridos a través de la evaluación formativa, mientras que aquellos que no fueron asimilados o incorporados, deberán ser nivelados con los contenidos que se dictarán el próximo ciclo lectivo.

Por su parte, los alumnos que durante el 2020 se encuentran matriculados en el último año de la educación primaria “deberán acreditar los aprendizajes previstos en la priorización y reorganización curricular para el presente ciclo en el marco de las Finalidades Formativas del Nivel, poniendo especial énfasis en las capacidades previstas para continuar su trayectoria educativa en el nivel secundario”.

La resolución aclara que “para los estudiantes que, al 30 de abril de 2021, no hubieran aprobado el cien por ciento del ‘Trayecto de Finalización del Nivel Secundario 2020’ se habilitarán tutorías e instancias de acreditación en las fechas de exámenes previstas regularmente en el calendario escolar”.

Esto significa que aquellos alumnos que se encuentren cursando el último grado o año de su nivel educativo, tanto de primaria o secundaria, deberán aprobar las instancias y modalidades evaluativas que se dispondrán a partir del mes de octubre.

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