Jubilaciones: vuelve a ser obligatorio el trámite “fe de vida”

Quienes residen en Argentina deberán hacer el trámite a partir del 1 de marzo. Depende del banco los requisitos y periodicidad para hacerlo.
Quienes residen en Argentina deberán hacer el trámite a partir del 1 de marzo. Depende del banco los requisitos y periodicidad para hacerlo.

El trámite “fe de vida” vuelve a ser un requisito ineludible para cobrar jubilaciones y pensiones. Se trata de acreditación de la supervivencia , la cual había sido suspendida durante la pandemia de Covid 19 para evitar que los mayores debieran asistir a las sucursales bancarias y verse expuestos a contagiarse.

 Recientemente la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó que el tramite vuelve a ser de carácter obligatorio. Quienes residen en el país deben realizarlo a partir del 1 de marzo. En cambio, aquellos argentinos que estén viviendo en el exterior están habilitados para hacerlo desde el inicio del año 2022.

Para quienes residen en argentina

El abogado Fernando Viera, especialista en previsión social explicó que “la periodicidad depende del banco en que uno cobra. Cada banco tiene sus propios requisitos. Algunos pueden pedir la certificación de supervivencia en el banco o a lo mejor haciendo un retiro desde el cajero o comprando con la tarjeta de debito o crédito se actualiza la supervivencia. Cada banco tiene su propia metodología”

En este sentido, se puede tener en cuenta que Banco Nación pide que todos los meses se tramite la supervivencia. En cambio, el Banco de Córdoba, al contar con un registro local de fallecimientos, no le exige a sus clientes este requisito.

Es por este motivo que Viera aconsejó a los jubilados primero llamar a su banco y averiguar si deben realizar o no el tramite y con que frecuencia.

Para quienes residen en el exterior

Aquellas personas que se encuentren fuera de Argentina deben presentar cada 6 meses esta documentación ante el banco apoderado o ante el consulado. Y en aquellos paises donde no hay consulado argentino se puede optar por apoderar a alguien que se encuentre en Argentina y enviarle por correo la certificación de supervivencia para que dicha persona la presente , o se puede mandar directamente al Anses.

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