Imputan a grandes empresas por causar desabastecimiento

Las imputaciones se realizaron luego de que la Secretaría de Comercio Interior acusara a dichas empresas "por retención en sus volúmenes de producción o falta de entrega".
Las imputaciones se realizaron luego de que la Secretaría de Comercio Interior acusara a dichas empresas "por retención en sus volúmenes de producción o falta de entrega".

La Secretaría de Comercio Interior, a través de la Subsecretaria de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, imputó a las empresas Mastellone, Fargo, AGD, Danone, Molinos Cañuelas, Bunge, Molinos Río de la Plata, Unilever, P&G, Paladini y Potigian, por retención en sus volúmenes de producción o falta de entrega de determinados productos de consumo masivo para su comercialización.

“Las imputaciones se realizaron luego de verificar que estas empresas habrían incumplido la intimación a incrementar su producción hasta el más alto grado de su capacidad instalada y arbitrar los medios a su alcance para asegurar su transporte y distribución con el fin de satisfacer la demanda, establecida por la resolución 100/2020”, informó Comercio Interior en un comunicado.

En rigor, esta resolución, que establece el marco legal para la implementación de los Precios Máximos, “tiene como finalidad proteger a las y los consumidores de posibles abusos en los precios y garantizar el normal abastecimiento de productos en supermercados”.

Durante las fiscalizaciones realizadas en comercios, inspectores de la Subsecretaría “identificaron algunos faltantes en góndolas de productos de consumo masivo”. A partir de esta evidencia, “se realizaron inspecciones en las oficinas administrativas de diversas empresas proveedoras, lo que derivó en distintos requerimientos de información sobre stocks e inventarios durante noviembre y diciembre de 2020, y enero de 2021”.

“En los casos en que se verificó una reducción de la producción o en la distribución de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza que incumplen con lo establecido en la resolución 100 y modificatorias, las imputaciones intiman a las empresas para que en el plazo perentorio de 5 días hábiles acredite ante la Subsecretaría de modo fehaciente haber dado cabal cumplimiento a la norma, y se les requiere que restablezcan los niveles de stock registrados a noviembre 2020 y arbitren las medidas conducentes para asegurar el transporte y provisión de los productos para su efectiva comercialización”, remarcó Comercio Interior.

Fuente: Télam

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