El Gobierno Nacional amplío la lista de actividades consideradas esenciales en la emergencia sanitaria. A partir de hoy quedan exceptuadas de cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido contra pandemia de coronavirus.
Así, la resolución 450/2020 publicada en el Boletín Oficial incorpora siete rubros al listado de actividades y servicios esenciales. Entre ellos se incluye a corralones, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y maquinaria vial y agrícola. También, suman la actividad del comercio exterior y servicios de mantenimiento y fumigación.
Asimismo, la normativa reciente aclara: “Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales”.
En el escrito se detalla también que en todos los casos, “los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores”.
Conocé las nuevas categorías habilitadas para circular dispuestas por el Gobierno Nacional:
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones;
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera;
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola;
- Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía;
- Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
6. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación; - Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos;
- Inscripción, identificación y documentación de personas.