Hasta 10 personas podrán viajar paradas en colectivos

El gobierno nacional habilitó desde este lunes 16 de Noviembre, que viajen “hasta diez pasajeros de pie” en los servicios públicos urbanos y suburbanos.

De esta manera, el Ministerio de Transporte modificó el primer artículo de la resolución 64/2020, donde se establece que los colectivos de jurisdicción nacional “deberán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles”.

Cabe mencionar que entre los argumentos, para dicha decisión se dio a conocer que “en promedio”, los ómnibus poseen “un área libre para pasajeros de pie que ronda los nueve a once metros cuadrados”. Por esto, “sería practicable la asignación” de ese número, “siempre que las áreas para personas con movilidad reducida estén disponibles”.

De todos modos, se permite el exceso “en los horarios de mayor requerimiento del servicio” y “ante el exceso de demanda” y aclaran que se debe dar “cumplimiento a las recomendaciones sobre distanciamiento social en el interior de los vehículos”.

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