Extienden plazo para regularizar deudas de Ganancias y Bienes Personales

A través de la Resolución General 5109/2021 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió otra vez las facilidades para regularizar deudas generadas por los impuestos de Ganancias y Bienes Personales, las cuales continuarán vigentes hasta el 31 de enero del año que viene.
A través de la Resolución General 5109/2021 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió otra vez las facilidades para regularizar deudas generadas por los impuestos de Ganancias y Bienes Personales, las cuales continuarán vigentes hasta el 31 de enero del año que viene.

La nueva prórroga, firmada por la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y solamente excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E.

Cabe recordar que durante abril pasado, el organismo anunció mejores condiciones de pago y cuotas para que aquellos sujetos comprendidos en dicho régimen puedan acceder a la regularización de sus obligaciones, sin considerar la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) en la que se encuentren incluidos  al momento de tramitar planes para estar al día con ambos gravámenes para el período fiscal correspondiente al 2020.

De acuerdo a lo que se afirma desde el organismo recaudador, esta decisión de no tener en cuenta esta clasificación, apunta a “coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables” y forma parte de las herramientas puestas a disposición por la AFIP para amortiguar el impacto económico de la pandemia del coronavirus.

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