El Ministerio de Trabajo, actualmente conducido por Claudio Moroni, anunció se prorrogarán hasta fin de año las prestaciones por desempleo. La medida alcanza a las prestaciones establecidas por las leyes N° 24013 y Nº 25371.
Mediante la resolución N°890/2021, la cartera laboral dispuso la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021 de los vencimientos de las prestaciones por desempleo de la Ley N° 24.013 y de la Ley N° 25.371 que se produzcan entre el 1° de agosto de 2021 y el 30 de noviembre de 2021.
Se trata de aquellas cuyos vencimientos que fueran prorrogados por la Resolución 260/2020 del mismo Ministerio y/o por las Resoluciones de la Secretaría de Empleo 228/2020, 432/2020, 942/2020, 251/2021 y 576/2021.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial, determina, además que las cuotas de prórroga de las prestaciones por desempleo serán mensuales y el monto de las mismas será equivalente al 70% de la prestación original.
Establecerá en un total de 30 cuotas el límite máximo de las prestaciones a percibir por los titulares cuyos vencimientos fueran prorrogados por las mencionadas Resoluciones.
Por su parte, la Anses efectuará los cruces informáticos necesarios y demás controles a su cargo para la determinación del derecho a las prestaciones por desempleo que resulten alcanzados por la medida.
Por último, la Dirección Nacional de Promoción y Protección del empleo coordinará las acciones necesarias para la implementación de la resolución, y estará facultada para dictar las normas aclaratorias, complementarias, interpretativas y de aplicación que resulten necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.
Prestación por desempleo: requisitos para acceder
- Encontrarse desempleado habiendo sido trabajador en relación de dependencia despedido sin causa justa, por finalización de contrato o por causas externas.
- Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
- Estar comprendido en la Ley de Contrato de Trabajo 24.013.