España aprobó la ley de la eutanasia

Los congresistas también dieron lugar al suicidio asistido. Se trata del cuarto país europeo que despenaliza estas prácticas.
Los congresistas también dieron lugar al suicidio asistido. Se trata del cuarto país europeo que despenaliza estas prácticas.

Este jueves se vivió un día que marcó la historia de España, ya que con 202 votos a favor, se aprobaron las leyes de eutanasia -muerte digna- y de suicidio asistido. Así, el país se convierte en el cuarto en Europa y quinto en el mundo.

Los votos mayoritarios y favorables fueron por parte de la izquierda, centro y regionalistas, mientras que hubo 141 en contra, de la derecha y la extrema derecha, y dos abstenciones, señaló la agencia de noticias AFP.

“Hoy somos un país más humano, más justo y más libre. (…) Gracias a todas las personas que han peleado incansablemente para que el derecho a morir dignamente fuera reconocido en España”, tuiteó el presidente del Gobierno español, el socialista Pedro Sánchez, tras la sanción.

¿Quiénes pueden solicitar la eutanasia? El documento aprobado señala que para solicitar esta práctica, “el afectado debe sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante que le cause un sufrimiento intolerable”.

El paciente debe manifestar su voluntad por escrito dos veces en 15 días. De todas maneras, una vez iniciado el proceso, la persona puede dar marcha atrás y arrepentirse en cualquier momento que lo desee antes de aplicarse la sustancia.

La nueva ley española autoriza la eutanasia, que contempla la administración por parte de personal médico de una sustancia mortal, y el suicidio asistido, por el cual la persona se encarga de tomar la dosis prescrita.

La ley entrará en vigor después de una moratoria de tres meses y convertirá a España en el cuarto país europeo que permite la muerte asistida, tras Países Bajos, Bélgica y Luxemburgo. En América, solo Canadá y Colombia, que la acepta, aunque no tiene legislación al respecto. Otro país que cuenta con legislación al respecto es Nueva Zelanda.

La reglamentación también impone estrictas condiciones, como que la persona, de nacionalidad española o residente legal, sea “capaz y consciente” al hacer la petición, que debe formular por escrito “sin presión externa” y repetir 15 días más tarde.

El médico siempre podrá rechazarla si considera que no se cumplen los requisitos, y debe ser aprobada por otro médico y por una Comisión de Evaluación. En tanto, cualquier profesional de la salud puede alegar “objeción de conciencia” para negarse a participar en el procedimiento, cuyo costa estará a cargo de la salud pública.

La legislación fue aplaudida por organizaciones que defienden el derecho a morir dignamente, que mantuvieron una lucha de décadas, durante las cuales hubo casos emblemáticos que visibilizaron la problemática.

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