El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) resolvió validar las declaraciones de un imputado realizadas con la intervención de un Auxiliar Colaborador de la Defensa Pública, al considerar legítima su actuación aun sin la presencia directa del defensor ni la explicitación de la estrategia defensiva en el expediente.
La decisión fue adoptada por la Sala Penal del TSJ, que hizo lugar a recursos de queja y casación presentados por la defensa, dejando sin efecto la resolución de la Cámara en lo Criminal y Correccional de Cruz del Eje, que había declarado la nulidad de dos indagatorias y de los actos derivados.
El tribunal de alzada había cuestionado la asistencia técnica por la ausencia del defensor y la falta de constancia de la estrategia adoptada. Sin embargo, el TSJ entendió que esa interpretación era un exceso de rigor formal, y sostuvo que los auxiliares pueden intervenir válidamente bajo la responsabilidad del Defensor Público.
Los jueces remarcaron que exigir la constancia expresa de la estrategia vulneraría principios como la unidad de actuación, celeridad y simplicidad del Ministerio Público de la Defensa. Además, advirtieron que la Cámara rechazó indebidamente el recurso de casación, afectando el derecho de defensa y el funcionamiento del sistema.
Finalmente, el TSJ concluyó que no existió una situación concreta de indefensión que justificara la nulidad, por lo que resolvió mantener la validez de las indagatorias y de los actos posteriores.
La sentencia fue firmada por los vocales Sebastián López Peña, Aída Tarditti y María Marta Cáceres de Bollati, en el marco de la causa “Molina, Miguel Adrián p.s.a abuso sexual gravemente ultrajante y otros”.


































