El juez Ercolini avaló las marchas y protestas durante la pandemia

El juez federal Julián Ercolini avaló las marchas y movilizaciones realizadas durante el aislamiento decretado por la pandemia. El magistrado falló a favor de un grupo de abogados que fueron sobreseídos. Unos 100 profesionales habían marchado en junio para reclamar para que su profesión sea considerada esencial y se aplique el teletrabajo en el Poder Judicial.

El caso en cuestión responde a lo sucedido el 4 de junio, cuando unos 100 abogados se movilizaron hacia las escalinatas del Palacio de Tribunales y desde allí al Colegio Público de Abogados (CPACF) al cumplirse 77 días de cuarentena. La actividad aún no estaba exceptuada, y pedían que se habiliten plataformas digitales para trabajar a distancia.

En su momento fueron denunciados por el CPACF por la violación del aislamiento. Sin embargo, el magistrado interpretó que no hubo delito. 

El juez Ercolini avaló las marchas y protestas durante la pandemia • Canal C

Ercolini indicó que “Su movilización fue en el marco del ejercicio de un derecho y para reclamar, ante las autoridades competentes a efecto, la posibilidad de poder ejercer otro (trabajo) y bajo una modalidad que justamente fue diseñada para garantizar la seguridad de los agentes del sistema; concretamente la labor a través de plataformas digitales desde sus hogares”.

En el fallo también coincidió el fiscal federal Gerardo Pollicita, concluyendo que el caso debía cerrarse. Consideraron que los abogados hicieron uso de su derecho a manifestarse y de reclamar a las autoridades sin poner en riesgo la salud pública, “dentro de los límites tolerables para este tipo de eventos”.

“Además, creo que es importante valorar la razón por la cual los acusados convocaron y/o, según el caso, formaron parte de aquella manifestación, pues ello resulta fundamental para definir si tuvieron intenciones de incumplir con las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”, sostuvo en el fallo.

En ese sentido, detalló que “la razón de origen fue una petición a las autoridades de ́la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Colegio Publico de ́Abogados de Capital Federal justamente para poder volver a cumplir con sus funciones laborales mediante la modalidad de ´teletrabajo´”.

La causa se inició por la presunta violación del artículo 205 del Código Penal de la Nación que castiga con seis meses a dos años de prisión a quien “violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

En cuanto a esa infracción, en el fallo se indicó que “no hay ningún elemento que permita sostener que alguno de los imputados presentaba en aquel entonces COVID-19, o síntomas compatibles con dicha enfermedad, por lo que tampoco puede sostenerse que existió un riesgo jurídicamente desaprobado ni que este se hubiera verificado en un ́resultado lesivo”.

La decisión puede ser apelada por el Colegio, que fue aceptado como querellante para actuar en la causa, para que sea revisado por la Cámara Federal.

Si bien el fallo responde a este episodio en particular, constituye un precedente para otras de similares características, en el marco de las movilizaciones que tuvieron lugar durante los meses de aislamiento.

Con información de TN.

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