El bono de hasta $70.000 destinado a jubilados que cobran la mínima continuará con el mismo monto durante septiembre. La medida extiende un esquema que permanece sin actualizaciones desde marzo de 2024, por lo que el refuerzo acumulará 30 meses con el mismo valor nominal.
Si ese pago extraordinario hubiera seguido una actualización similar a la de los haberes previsionales, en septiembre debería ubicarse en torno a los $223.148, en lugar de los $70.000 que se mantendrán vigentes. De acuerdo con los cálculos difundidos, el haber mínimo total será de $498.633, mientras que con el bono actualizado alcanzaría los $651.781.

La pérdida frente a la inflación
El congelamiento hizo que el bono perdiera alrededor del 70% de su poder de compra desde marzo de 2024. Además, como el refuerzo no forma parte del haber previsional, tampoco se incorpora al cálculo del aguinaldo.
La diferencia también se refleja en la evolución de los ingresos frente a los precios. Entre enero y julio de 2026, la inflación acumulada fue del 19,3%, mientras que el haber mínimo total aumentó un 17,3%. En el mismo período, la PUAM subió 16,6% y las pensiones no contributivas tuvieron un incremento del 16,1%.
A quiénes alcanza
El congelamiento impacta sobre aproximadamente 3 millones de jubilados del SIPA que reciben haberes mínimos, además de unas 1,5 millones de personas que cobran la PUAM o pensiones no contributivas. El bono, que inicialmente representaba una proporción mucho mayor del ingreso previsional, fue perdiendo peso con el paso del tiempo.
En marzo de 2024, los $70.000 equivalían al 52% del haber mínimo, mientras que para septiembre pasarán a representar cerca del 15% del ingreso mínimo. Si el monto continúa sin actualizarse, su incidencia sobre los ingresos previsionales seguirá reduciéndose.
El reclamo llegó a la Justicia
El congelamiento del refuerzo previsional también fue cuestionado judicialmente. En agosto del año pasado, la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social consideró, en una causa contra ANSeS, que podía existir un carácter confiscatorio cuando la pérdida provocada superara el 15%.
El Gobierno apeló esa decisión. El planteo judicial contempla la reposición de las pérdidas para los beneficiarios alcanzados y la actualización del bono para quienes accedan posteriormente a una jubilación o pensión mínima.




































