Dos perros fueron usados como “armas” en un asalto

El caso fue notificado por la Justicia de Córdoba, que informó que la Cámara en lo Criminal y Correccional de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba consideró “armas impropias” a dos perros que fueron utilizados para amedrentar a la víctima durante un robo ocurrido en la vía pública. La Justicia calificó a los imputados Alberto Hernán Amato y Facundo Oviedo Heredia coautores penalmente responsable del delito de robo calificado por uso de arma impropia y les impuso una pena de cinco años de prisión.

El asalto había ocurrido en abril de 2018, en la intersección de las calles Yadarola y República de Siria, de barrio General Bustos. Los acusados, Amatto y Oviedo Heredia, llevaban en su poder dos perros de gran porte: un macho de raza Dogo Argentino y una hembra Rottweiler.  Se encontraron con un joven que transitaba a pie por ese sector de la ciudad y le pidieron que entregara todas sus pertenencias porque de otra forma “le soltarían los perros”.

Frente a esta amenaza, el damnificado les entregó una mochila, un celular, una billetera, un par de zapatillas y otras pertenencias. Cuando concluyeron con el despojo, los imputados manifestaron “salí corriendo porque te largamos a los perros” y la víctima huyó hacia el norte por calle República de Siria.

En la sentencia, se explicó que un “arma impropia” es todo objeto que, circunstancialmente, aumente el poder ofensivo del hombre debido a su efectivo empleo como medio violento. “Con otras palabras, el arma toma su carácter de tal, no tanto por la materia, sino por la forma y el uso a la cual se destina, siendo necesario además que el instrumento tenga una real aptitud ofensiva”.

El tribunal afirmó: “Ambos perros fueron utilizados para acometer intencionalmente contra el damnificado y lograr sus fines furtivos e, incluso, asegurarse de sus resultados; puesto que si la víctima no corría luego de consumar el hecho, los autores amenazaron con ‘largarle los perros’, lo cual demuestra que ambos acusados tenían al momento del hecho la posesión y, por ende, el pleno control de ambos canes. Por tal motivo, excluyó que lo ocurrido haya obedecido a un ‘comportamiento natural’ o a las reacciones instintivas de los animales”.

Fuente: Poder Judicial de la Provincia de Córdoba

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