Rige la obligatoriedad del uso del Posnet

Desde este domingo 1 de abril, rige la obligatoriedad para recibir pago con tarjeta de débito para los comerciantes.

En 2017 la AFIP dictó la resolución nº 3997, en la que se establece la “obligación de aceptar las transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes (…)”


El objetivo es la disminución del uso de dinero físico y formalización de la economía, además de brindar la posibilidad de ofrecer diversos medios de pagos a sus clientes.

La norma comprende a comerciantes, profesionales y aquellas personas que tengan un oficio y lo ejerzan de manera independiente.

A su vez, según el Art N°3 de la resolución, la aplicación de la misma será para las categorías A, B, C, D y E.

Por otra parte, las excepciones que están presentes son para aquellas actividades que se desarrollen en “localidades cuya población resulte menor a mil habitantes”. Los datos surgen del último censo poblacional, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Tampoco se impondrá la obligatoriedad del uso del Posnet para compras en las que el monto sea inferior a diez pesos ($10).

En caso de no cumplir con la normativa, se procederá a la multa y posible clausura del comercio. Los reclamos se pueden realizar comunicándose al Centro de Atención de Denuncias de AFIP, al 0800-999-2347, de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 hs, o bien por medio de la aplicación móvil: “Mi AFIP”.

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