Deberán indemnizar a clienta por rotura de prótesis mamaria

El titular del Juzgado de 35º Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba, Mariano A. Díaz Villasuso, condenó a una empresa proveedora de prótesis médicas a pagar $83.103,21 en favor de una consumidora.

La firma había vendido una prótesis mamaria que, luego de haber sido colocada, sufrió una rotura. La mujer que había sido operada sufría  intensos dolores y se vio obligada a someterse a una nueva intervención quirúrgica, para extraerse el implante y colocar uno nuevo.

Según informó el Poder Judicial a Canal C, en la demanda se reclamó daño patrimonial, extrapatrimonial y daño punitivo. Díaz Villasuso tuvo en consideración, la publicidad de los productos que ofrece una “garantía de por vida”. La causa figura bajo la carátula: “K., S. K. c/ B., R. E. y Otro- Ordinario – Otros”.

Finalmente, la sentencia rechaza el pedido de imposición de  la multa civil en concepto de daño punitivo por entender que, en el caso concreto, no se verifican los presupuestos para imponer la sanción pecuniaria. En efecto, el fallo asegura que no se logró demostrar que el vicio del implante se haya replicado en otros casos de la misma marca.

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