Córdoba: una mujer gestará el hijo de su cuñada

Un Juzgado de Familia de la Ciudad de Córdoba autorizó a una pareja a tener un bebé mediante la técnica de reproducción humana asistida de gestación por “sustitución”. El niño será que será gestado en el vientre de la hermana del hombre. Los padres solicitaron el planteo ante el tribunal luego de que la mujer padeciera cáncer, por lo que su aparato reproductivo había sido afectado por el tratamiento oncológico. “Bajo ningún punto de vista dado su padecimiento y por una cuestión preventiva podía llevar adelante un embarazo porque la gestación del niño podría generar reactivaciones de células cancerígenas por los cambios hormonales que produce el embarazo”, fueron los argumentos de los médicos que la trataron y que desaconsejaron el embarazo.

Fue así que el Juzgado de Familia de 5ta. nominación, a cargo de Mónica Susana Parrello, autorizó la técnica de gestación por “sustitución” de vientre. La jueza explicó que la razón principal para esta autorización radica en la “firme voluntad de la pareja de ser padres” y que “el hecho de que la técnica no tenga una regulación legal específica, no puede constituir un obstáculo para las partes.” Asimismo, declaró la inconstitucionalidad del artículo 562 del Código Civil, que establece que es madre quien da a luz.

La Jueza estableció que el niño/a deberá ser inscripto en el Registro Civil como hijo de la pareja y sin vínculo con la mujer gestante. Pero también, obliga a quienes solicitaron el recurso, a informar el origen gestacional al niño/a, cuando la edad y el grado de madurez lo permitan.

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