Cómo tramitar la exención del Impuesto Inmobiliario 2021

Los adultos mayores y la población vulnerable pueden tramitar las exenciones del Impuesto Inmobiliario 2021. Se otorga de forma automática a quienes cumplen con las condiciones para obtenerla.

Requisitos para Adultos Mayores:

*Tener 65 años o más, al 31 de diciembre de 2020.
*Ser titular o poseedor de un único Inmueble edificado en el cual vivís. Éste debe tener una base imponible menor o igual a $5.400.000.
*Percibir ingresos netos totales inferiores a $52.000, al mes de noviembre de 2020.
*No tener deudas en el impuesto provincial de tu inmueble al 31 de diciembre de 2020.
*No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $1.200.000.
*No tener más de una embarcación, con una base imponible 2021 menor o igual a $1.200.000.

Requisitos para Población Vulnerable:

Esta exención puede ser del 100% o el 50%. En el primer caso, la persona debe cumplir con las siguientes condiciones:

*Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2020.
*Ser titular o poseedor de un único Inmueble edificado en el cual vive. Éste debe tener una base imponible menor o igual a $1.800.000.
*Percibir ingresos netos menores a $22.000, al mes de noviembre de 2020.
*No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $1.200.000.
*No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $1.200.000.

#Para tener un 50% de exención del impuesto, las condiciones son:

*Tener menos de 65 años, al 31 de diciembre de 2020.
*Ser titular o poseedor de un único Inmueble edificado en el cual vive. Éste debe tener una base imponible menor o igual a $2.700.000.
*Percibir ingresos netos menores a $52.000, al mes de noviembre de 2020.
*No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, debe ser menor o igual a $1.200.000.
*No tener más de una embarcación, con una base imponible menor o igual a $1.200.000.
*En caso de titular registral o poseedor, condóminos, cónyuge o herederos, todos deberán cumplir las condiciones detalladas anteriormente, para acceder a la exención.

Para consultar si estás exento, no es necesario acudir a las oficinas.

Se puede realizar ingresando al sitio web oficial de Rentas Córdoba 

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