La Cámara Nacional Electoral (CNE), máximo organismo judicial en materia de elecciones, advirtió que los ciudadanos que no hayan votado este domingo en los comicios legislativos deberán justificar su inasistencia. Desde la entidad explicaron que la justificación deberá realizarse dentro de los 60 días posteriores
La documentación que acredite el motivo de la falta se puede presentar ante la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito o a la Cámara Nacional Electoral. También se puede justificar ingresando a https://infractores.padron.gov.ar/”>https://infractores.padron.gov.ar/.
En la página se debe ingresar datos personales y un código de validación. Luego, presioná “solicitar justificación” para ser derivado a un menú de posibles motivos. Una vez ingresado al repertorio, seleccionar la justificación correspondiente y, por último, adjuntar el certificado que acredite su ausencia.
En esta oportunidad se suma la opción del “Chat Bot”, donde se debe seleccionar la opción 4 y seguir los pasos que indicados.
#EleccionesArgentina Si no votaste, dentro de los 60 días posteriores a la elección, debés justificar la no emisión del voto con la constancia que lo acredite.
— Cámara Electoral (@CamaraElectoral) November 15, 2021
Ingresá en nuestro Chat Bot y elegí la opción 4: https://t.co/7Ja8LwyXUN pic.twitter.com/4zEsXc2UU0
Aquellas personas que no pueden justificar por qué no emitieron su voto en las elecciones legislativas 2021, deberán pagar una multa económica y serán incorporados en el Registro de Infractores de las elecciones.
¿En qué casos estoy exceptuado/a de asistir a votar?
- Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
- Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
- Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
- Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
Si estoy enfermo, ¿puedo ir a votar?
Por motivos de salud, el ciudadano está exceptuado de su obligación a votar. Sin embargo, debe ser justificado el “mismo día de la elección por medio de un certificado expedido por un hospital público nacional, provincial o municipal, y en ausencia de éstos, por una o un profesional de la salud particular”.
Los profesionales de salud están obligados a responder el día de los comicios a tu requerimiento como elector enfermo o imposibilitado, y deben concurrir a tu domicilio para verificar tales circunstancias y entregarte el certificado correspondiente.
¿Quiénes no pueden votar?
- Los dementes declarados en juicio.
- Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad y con sentencia firme.
- Los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos.
- Los sancionados por la infracción de deserción calificada.
- Los declarados rebeldes en causa penal.
- Los inhabilitados según disposiciones de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos.
- Los que por otras prescripciones legales y reglamentarias quedaren inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos
Fuente: Cámara Nacional Electoral (CNE)