Centros de rehabilitación exigen vacunación Covid

Pacientes que realicen los tratamientos ambulatorios de manera presencial deberán exhibir el carnet sanitario con el esquema completo.
Pacientes que realicen los tratamientos ambulatorios de manera presencial deberán exhibir el carnet sanitario con el esquema completo.

El ministerio de Salud Provincial dio a conocer este lunes nuevas medidas y recomendaciones de bioseguridad para la asistencia presencial en centros educativos terapéuticos, centros de día y centros con integración escolar. Entre las novedades, más importantes, se definió que las personas concurrentes deberán presentar el carnet de vacunación Covid-19.

La Subsecretaría de Discapacidad, Rehabilitación e Inclusión actualizó el protocolo para el tratamiento ambulatorio de rehabilitación integral de personas con discapacidad, en el contexto de pandemia de Coronavirus.

La modalidad a implementar mantendrá una forma de tratamiento dual, combinando la presencialidad y la tele rehabilitación o tele asistencia, con intenciones de que progresivamente se realice de forma presencial y de acuerdo a la evolución de los protocolos preestablecidos y a la vacunación.

Requisitos para la atención ambulatoria presencial:

– Presentar a la institución un certificado del médico de cabecera, quien autorizará la incorporación a las actividades educativas y terapéuticas.

– Las personas con discapacidad que sean mayores de 18 años deben presentar el carnet completo del esquema de vacunación Covid-19.

– En niños, niñas y adolescentes de entre 12 a 17 años, se recomienda solicitar esquema de vacunación completo o al menos una dosis de vacuna Covid-19 (14 días desde su aplicación).

– Vale destacar que, en relación a la concurrencia, se trabajará con jornada doble, pudiendo realizarse la modalidad de burbujas y/o turnos para la atención de la población. En esta instancia, se acompañará con la apertura del comedor.

– Aquellas personas que por su condición de salud no puedan usar barbijos, cubrebocas y/o máscara facial, deberán contemplarse las medidas de bioseguridad aplicada al distanciamiento social.

Requisitos para la atención por tele asistencia:

– Continuará con el contacto efectivo a través de diferentes medios de comunicación y plataformas virtuales (vía telefónica, videollamadas, entre otras), con el objetivo de asegurar la asistencia de manera remota.

– Las familias podrán optar por la continuidad de la modalidad a distancia, en caso de no desear la reincorporación de su hijo/a a la presencialidad, notificando la decisión a la Dirección de su servicio.

– Quienes opten por la incorporación deberán presentar Declaración Jurada establecida en el protocolo.

Para llevar adelante estos procesos de flexibilización establecidos, los municipios y comunas deberán sostener, en el marco de sus competencias, un estricto control sobre las instituciones que contienen a poblaciones vulnerables institucionalizadas como, por ejemplo, las residencias geriátricas, institutos de discapacidad, centros de Salud municipales, hogares, residencias de menores y centros de diálisis, entre otros.

Fuente: Ministerio de Salud de Córdoba

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