ANMAT prohibió una marca de aceite de oliva

Mediante una resolución, la agencia estatal de vigilancia de alimentos y medicamentos prohibió la elaboración y comercialización del producto por falta de registros.
Mediante una resolución, la agencia estatal de vigilancia de alimentos y medicamentos prohibió la elaboración y comercialización del producto por falta de registros.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes a través de su publicación en el Boletín Oficial, la comercialización de una marca de aceite de oliva por distintas irregularidades.

La Disposición 2009/2022 establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional el producto: “Aceite de Oliva, Olivos del Norte, RNPA N° 12-005232, RNE N° 12-008028, Origen Aimogasta (La Rioja)”, por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales.

Asimismo, prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de “todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 12-008028 y RNPA N° 12-005232 por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales”.

En su considerando señala que las presentes actuaciones se iniciaron a raíz de una consulta de un consumidor recibida en el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), en relación en relación a los registros que exhibe en su rótulo el producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.

Es por ello que la Dirección de Calidad Alimentaria de la provincia de Catamarca solicitó a la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja informe sobre autorizaciones exhibidas en el rótulo del producto investigado, la cual informó que el RNE y el RNPA eran inexistentes.

Luego, el INAL informó que la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja verificó lo comunicado oportunamente y ratifica que el RNE y RNPA exhibidos en el rótulo son Inexistentes y que el producto se halla en infracción por carecer de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales.

Atento a ello y por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República.

Welcome Back!

Login to your account below

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Add New Playlist